Las CUATRO CARTAS que hay que ver en mi espacio de Windows Live - SkyDrive - documentos son:
- General Pinochet
- General Ricardo Izurieta
- General Ricardo Izurieta
- Almirante Arancibia
y Embajada Británica.
Antes de proseguir con el texto quiero hacer una sola aclaración en relación a la carta recibida y firmada por el general Pinochet. Yo no le envié ninguna carta de saludo con motivo de su asunción como senador vitalicio de la República, más bien tenía dudas; pero después de pensarlo llegué a la conclusión que el único que podía ser senador con carácter de vitalicio era él.
Continúa así el proceso de extradición:
- “En el día de hoy, Viernes 11 de Diciembre de 1998, el senador de la República de Chile don Augusto Pinochet Ugarte, fue trasladado a un lugar especial en Londres para notificarlo y someterlo a un interrogatorio con el fin de establecer su identidad y comunicarle los cargos que pesan contra él y la decisión de la justicia británica que ha lugar el inicio del proceso de extradición.
Fueron testigos presenciales, personas de la familia del senador, su abogado y los senadores chilenos Pablo Longueira e Ignacio Pérez Walker.
Cuando se le preguntó quién era él, respondió (…):
“Manifiesto que soy Augusto Pinochet Ugarte, y que fui comandante en Jefe de las FFAA de Chile, Presidente de la República y Benemérito del ejército; y que soy Senador Vitalicio de la República de Chile” (…).
Enseguida, él dice que, quiere agregar que: “con todo el respeto a la Corte no reconoce ninguna jurisdicción que no sea la chilena para juzgarlo; para juzgarlo de los embustes de esos señores españoles”. (….).
El mismo día 11 se da a conocer unas Carta Abierta escrita por el general y Senador donde destacamos que:
“(…) él agradece el apoyo de personas en momentos en que se encuentra impedido de regresar al país y vive una injusta experiencia. Dice que en momentos de soledad en estos días ha reflexionado sobre la verdad y la justicia de la historia. Piensa que nunca buscó el poder y que tampoco se aferró a él, que cuando llegó el momento de entregarlo; lo hizo.
El piensa que ningún historiador podrá decir que tuvo ambiciones personales; el recuerda el juramento que hizo cuando era muy joven, ante Dios y la bandera, tan sólo de servir a su patria y al interés del país; y él pensó que lo iba a cumplir. Piensa que ha sido consecuente con ese juramento.
El piensa que las FFAA no intervinieron una democracia: se vivía una dramática encrucijada con el gobierno de unidad popular de un Presidente socialista, y el clamor de un pueblo golpeó los cuarteles, lo difícil era que no se combatía contra un ejército regular. El piensa que las FFAA fueron una reserva moral frente a un sistema que se desintegraba. El siente gratitud y admiración hacia aquellos que lo acompañaron. El piensa también, que las FFAA cumplieron una misión histórica. Dice que él es un hombre que pertenece a un tiempo histórico y cruel; que vivió dos guerras mundiales y que quiere PAZ para Chile.”.
- 4 DE MARZO DEL AÑO 2000.
Las noticias comunican que el avión que traslada al general Pinochet desde Londres a Chile partió de territorio británico aproximadamente a las 16 horas del día 3 de Marzo.
Se ha anunciado, después de un pequeño incidente con los medios de prensa en el lugar donde se espera al general - recinto de la FACH grupo 10 – que el avión llegará a las 10:30 horas. Hay muchas personas en la espera: militares, familiares, personas de gobierno, que fueron autorizados previamente para estar en ese lugar. Aproximadamente 400 personas.
Se ha dicho que el general Pinochet será trasladado al hospital militar en Santiago, pero también se especula acerca de otros lugares.
10:30 horas el avión se posa sobre la losa y es aproximado un camión especial con una rampa para bajar al general en su silla de ruedas, y también pueda bajar su esposa a su lado. Enseguida baja de dicho camión y se pone de pie y empieza a saludar, en una ceremonia privada, a su familia. Enseguida se traslada al helicóptero; lo acompaña una escolta de 10 hombres. Lo esperan personal médico con una silla de ruedas para trasladarlo al interior del hospital, lo acompaña también su esposa. En los alrededores del hospital se aprecian una inmensa cantidad de personas, varias cuadras, y muchas personas en las ventanas de los edificios cercanos.
Declaraciones del Ministro del interior Raúl Troncoso sobre incidente del ejército con la prensa, incidente que estaría superado. Se refiere enseguida a que el país debe mantener la calma y evitar los desbordes que provocan sentimientos y emociones encontradas-
Están en juego la tranquilidad del país y la reconciliación nacional.
12:00 horas.
Todo el día siguen las noticias y comentarios.
MUERTE DEL GENERAL PINOCHET.
______________________________________
El general Pinochet muere el 10 de Diciembre de 2006.
Este Blog está dirigido especialmente a las personas que se interesen en leer selección de noticias y artículos sobre Estados Unidos de Norteamérica y su nuevo gobierno. Ocasionalmente puede ir otro tema relacionado de interés. Pueden dejar comentarios.
miércoles, 4 de junio de 2008
CUATRO CARTAS
- El 11 de Marzo de 1998 se produce el cambio de mando en el Ejército, asume el nuevo Comandante en Jefe del Ejército Teniente general Ricardo Izurieta Caffarena.
- El Capitán general Augusto Pinochet Ugarte recibe el grado de general Benemérito en un acto oficial de la institución.
- El general Pinochet asume como Senador de la República y promete y jura en el Parlamento.
- El ex - comandante en Jefe de las FFAA chilenas, capitán general, general benemérito y senador de la República en carácter de vitalicio, viaja a Londres por motivos de salud y es detenido en esa ciudad. La noticia recorre el mundo.
A continuación deseo insertar cuatro cartas que considero, para mi, muy importantes, pero deben ser vistas en mi espacio de Windows Live - Sky Drive - documentos. El archivo dirá CUATRO CARTAS.
- El Capitán general Augusto Pinochet Ugarte recibe el grado de general Benemérito en un acto oficial de la institución.
- El general Pinochet asume como Senador de la República y promete y jura en el Parlamento.
- El ex - comandante en Jefe de las FFAA chilenas, capitán general, general benemérito y senador de la República en carácter de vitalicio, viaja a Londres por motivos de salud y es detenido en esa ciudad. La noticia recorre el mundo.
A continuación deseo insertar cuatro cartas que considero, para mi, muy importantes, pero deben ser vistas en mi espacio de Windows Live - Sky Drive - documentos. El archivo dirá CUATRO CARTAS.
martes, 3 de junio de 2008
AUGUSTO PINOCHET UGARTE
1. AUGUSTO PINOCHET UGARTE.
_________________________________________________________________________
“1/22/98
8:35 AM
Señor Comandante en Jefe
de las FFAA de Chile
General Don Augusto Pinochet Ugarte
Edificio de la Defensa Nacional
Zenteno 45
REGION METROPOLITANA
P R E S E N T E
Señor General:
Me permito dirigirme a usted para hacer un comentario frente a las noticias de la TV. que se refieren a una querella entablada en su contra por la dirigente comunista señora Gladys Marín.
Personalmente no estoy de acuerdo con dicha querella y tampoco con posible acusación constitucional mencionada también por dichos medios. Mis argumentos son los siguientes:
1. Considero que el golpe militar fue resultado de una profunda crisis política-militar; transformándose, dentro de la estrategia y táctica política-militar, en la única salida posible para evitar una guerra civil o un estado de anarquía.
2. Considero que, simplemente surge así, un gobierno de hecho, que dura hasta el año en que es promulgada la Constitución Política de la República de Chile de 1980;
“CONSIDERANDO:
“Que la H. Junta de Gobierno aprobó una nueva Constitución Política de la República de Chile, sometiendo su texto a ratificación plebiscitaria;
“Que para tal efecto la Junta de Gobierno convocó a la nación toda a plebiscito para el día 11 de Septiembre de 1980;
“Que la voluntad soberana nacional mayoritariamente manifestada en un acto libre, secreto e informado, se pronunció aprobando la Carta fundamental que le fuera propuesta;
“Que el colegio escrutador nacional ha remitido el acta de escrutinio general de la República que contiene el resultado oficial y definitivo del plebiscito y en que consta la aprobación mayoritaria del pueblo de Chile al nuevo texto constitucional;
Con el mérito de estos antecedentes e invocando el nombre de Dios Todopoderoso,
DECRETO:
Téngase por aprobada la Constitución Política de la República de Chile cuyo texto oficia es el siguiente:
(….).
Santiago 21 de Octubre de 1980.
Regístrese en la Contraloría general de la República, publíquese en el diario oficial e insértese en la recopilación oficial de dicha Contraloría.
Augusto Pinochet Ugarte, General de ejército, Presidente de la República (…)”.
3. Esta constitución política de la República de Chile es la única que conozco, no conozco otra. La he leído dos o tres veces y estoy de acuerdo con ella.
4. Considero que el derecho lo conquista en 1980 con esa Constitución. Surge así un largo periodo de transición hasta 1990 en que es elegido Patricio Aylwin Azócar Presidente de la República; continúa así la institucionalidad y el derecho en transición, y es elegido en 1994, Eduardo Frei Ruiz-Tagle, Presidente de la República, gobierno que dura hasta la fecha.
Está claro para mí que desde dicha Constitución parten los procedimientos que permiten a usted retirarse de su cargo después de largos años de servicio público.
5. Me parece correcto que el gobierno haya aclarado a la opinión pública que la fecha de vuestro retiro oficial es el día 11 de Marzo de 1998. Y pienso que tiene usted el derecho de retirarse en paz.
No creo necesario agregar nada más al respecto, salvo el desear para nuestro país y nuestro pueblo bienestar y prosperidad.
Saluda a usted atentamente,
PATRICIA ROI JONAS
COPIA:
Comandante en Jefe de las FFAA de Chile General Ricardo Izurieta Caffarena
Comandante en Jefe de la Armada
Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea
Director General de Carabineros
Director General de Investigaciones=======================================================
_________________________________________________________________________
“1/22/98
8:35 AM
Señor Comandante en Jefe
de las FFAA de Chile
General Don Augusto Pinochet Ugarte
Edificio de la Defensa Nacional
Zenteno 45
REGION METROPOLITANA
P R E S E N T E
Señor General:
Me permito dirigirme a usted para hacer un comentario frente a las noticias de la TV. que se refieren a una querella entablada en su contra por la dirigente comunista señora Gladys Marín.
Personalmente no estoy de acuerdo con dicha querella y tampoco con posible acusación constitucional mencionada también por dichos medios. Mis argumentos son los siguientes:
1. Considero que el golpe militar fue resultado de una profunda crisis política-militar; transformándose, dentro de la estrategia y táctica política-militar, en la única salida posible para evitar una guerra civil o un estado de anarquía.
2. Considero que, simplemente surge así, un gobierno de hecho, que dura hasta el año en que es promulgada la Constitución Política de la República de Chile de 1980;
“CONSIDERANDO:
“Que la H. Junta de Gobierno aprobó una nueva Constitución Política de la República de Chile, sometiendo su texto a ratificación plebiscitaria;
“Que para tal efecto la Junta de Gobierno convocó a la nación toda a plebiscito para el día 11 de Septiembre de 1980;
“Que la voluntad soberana nacional mayoritariamente manifestada en un acto libre, secreto e informado, se pronunció aprobando la Carta fundamental que le fuera propuesta;
“Que el colegio escrutador nacional ha remitido el acta de escrutinio general de la República que contiene el resultado oficial y definitivo del plebiscito y en que consta la aprobación mayoritaria del pueblo de Chile al nuevo texto constitucional;
Con el mérito de estos antecedentes e invocando el nombre de Dios Todopoderoso,
DECRETO:
Téngase por aprobada la Constitución Política de la República de Chile cuyo texto oficia es el siguiente:
(….).
Santiago 21 de Octubre de 1980.
Regístrese en la Contraloría general de la República, publíquese en el diario oficial e insértese en la recopilación oficial de dicha Contraloría.
Augusto Pinochet Ugarte, General de ejército, Presidente de la República (…)”.
3. Esta constitución política de la República de Chile es la única que conozco, no conozco otra. La he leído dos o tres veces y estoy de acuerdo con ella.
4. Considero que el derecho lo conquista en 1980 con esa Constitución. Surge así un largo periodo de transición hasta 1990 en que es elegido Patricio Aylwin Azócar Presidente de la República; continúa así la institucionalidad y el derecho en transición, y es elegido en 1994, Eduardo Frei Ruiz-Tagle, Presidente de la República, gobierno que dura hasta la fecha.
Está claro para mí que desde dicha Constitución parten los procedimientos que permiten a usted retirarse de su cargo después de largos años de servicio público.
5. Me parece correcto que el gobierno haya aclarado a la opinión pública que la fecha de vuestro retiro oficial es el día 11 de Marzo de 1998. Y pienso que tiene usted el derecho de retirarse en paz.
No creo necesario agregar nada más al respecto, salvo el desear para nuestro país y nuestro pueblo bienestar y prosperidad.
Saluda a usted atentamente,
PATRICIA ROI JONAS
COPIA:
Comandante en Jefe de las FFAA de Chile General Ricardo Izurieta Caffarena
Comandante en Jefe de la Armada
Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea
Director General de Carabineros
Director General de Investigaciones=======================================================
lunes, 2 de junio de 2008
FINALMENTE:
Ruego se considere como parte de las razones que me mueven a solicitar una indemnización moral y patrimonial los daños y perjuicios sufridos por mi y mi familia durante el largo trámite de la causa, una serie de situaciones legales que fueron resueltas en forma desventajosa para todos, presionados por la situación a la que estábamos sometidos.
Por ejemplo:
1. el trámite de la anulación del contrato social de mi matrimonio.
2. el trámite de una pensión de invalidez con un monto mínimo.
3. la pérdida de la continuidad de mi previsión y el no poder conseguir trabajo en condiciones normales de acuerdo con mis antecedentes laborales y la carrera funcionaria alcanzada en la Universidad de Chile.
4. a esto se agrega un profundo deterioro de las relaciones familiares y personales debido a las publicaciones de los periódicos y rumores de todo tipo.
5. un profundo deterioro de mi salud física y espiritual debido a la detención arbitraria, a la cárcel misma, y al diagnóstico psiquiátrico emitido en la cárcel, todo lo cual repercutió también en la salud de mis padres y mis hijos. La mitad de mi familia vive en el extranjero y mi padre enfermó para el resto de sus días, y jamás volvió a levantarse de su lecho de enfermo. Mis padres fallecieron ambos, en la misma semana a fines del mes de Noviembre de 1997 agobiados por los sufrimientos.
6. y otras situaciones que aun no han sido resueltas, especialmente la que tiene que ver con el errado diagnóstico psiquiátrico.
No existe dinero capaz de reparar el daño moral y físico.
Apoyándome en el derecho a la satisfacción de mi necesidad como parte de la indemnización material de la Justicia solicito una indemnización material y moral en conciencia.
ES GRACIA.
Ruego se considere como parte de las razones que me mueven a solicitar una indemnización moral y patrimonial los daños y perjuicios sufridos por mi y mi familia durante el largo trámite de la causa, una serie de situaciones legales que fueron resueltas en forma desventajosa para todos, presionados por la situación a la que estábamos sometidos.
Por ejemplo:
1. el trámite de la anulación del contrato social de mi matrimonio.
2. el trámite de una pensión de invalidez con un monto mínimo.
3. la pérdida de la continuidad de mi previsión y el no poder conseguir trabajo en condiciones normales de acuerdo con mis antecedentes laborales y la carrera funcionaria alcanzada en la Universidad de Chile.
4. a esto se agrega un profundo deterioro de las relaciones familiares y personales debido a las publicaciones de los periódicos y rumores de todo tipo.
5. un profundo deterioro de mi salud física y espiritual debido a la detención arbitraria, a la cárcel misma, y al diagnóstico psiquiátrico emitido en la cárcel, todo lo cual repercutió también en la salud de mis padres y mis hijos. La mitad de mi familia vive en el extranjero y mi padre enfermó para el resto de sus días, y jamás volvió a levantarse de su lecho de enfermo. Mis padres fallecieron ambos, en la misma semana a fines del mes de Noviembre de 1997 agobiados por los sufrimientos.
6. y otras situaciones que aun no han sido resueltas, especialmente la que tiene que ver con el errado diagnóstico psiquiátrico.
No existe dinero capaz de reparar el daño moral y físico.
Apoyándome en el derecho a la satisfacción de mi necesidad como parte de la indemnización material de la Justicia solicito una indemnización material y moral en conciencia.
ES GRACIA.
PRESENTACION ANTE LA JUSTICIA
(*) = FPMR. Quiero referirme especialmente a la acusación de “asociación ilícita” (….); y a la presunción de que “fluye la existencia de una asociación formada con el objeto de atentar contra el orden social, las personas, y las propiedades”. (Acusación que culminó con la absolución de mi persona y otros encausados).
PRIMERO: Declaro que dichos otros encausados son absolutamente desconocidos para mí antes y después de los hechos. No existió ningún juramento o compromiso con ellos. No existió ni existe con ellos ninguna asociación.
SEGUNDO: Declaro que sólo razones humanitarias me llevaron a acompañar a una persona que estaba enferma, tan enferma, que podía morir, y a la cual tampoco conocía previamente.
TERCERO: Declaro que cualquiera otra relación con personas conocidas o desconocidas, chilenos o extranjeros, son relaciones de índole privada, y que por lo más extrañas que ellas fueran, no podrían presumir de ellas asociación ilícita.
CUARTO: el Capítulo III, Art.19, número 7, letra a), números 13 y 15 de la Constitución de 1980; aseguran a las personas: el derecho a la libertad personal, a reunirse dos o más personas pacíficamente sin permiso previo en plazas, calles, y demás lugares de uso público, y a asociarse sin permiso previo. De acuerdo con estos derechos las personas podemos trasladarnos de un lugar a otro dentro del territorio nacional, y entrar o salir del territorio de acuerdo con las normas establecidas por la ley; y se nos garantiza el pluralismo político, o sea, no solamente podemos ser parte de un Partido Político o un sindicato, sino que podemos formar parte de asociaciones, movimientos y otras formas de organización social como parte de ese derecho.
Por ejemplo, pueden conformar una organización social un grupo de personas que son parte de un movimiento por la paz y el desarme, o por los derechos humanos; o una agrupación de personas llamados O”Higginianos en acción, o simplemente Movimiento Manuel Rodríguez, etc., etc. Lo que sucede es que al parecer no estamos acostumbrados a las organizaciones de todo tipo que pueden ser creadas en Democracia y bajo el pluralismo político.
Quiero decir también que yo pienso que a veces se confunde el término ilícito con clandestinidad o secreto. En Chile han existido y existen organizaciones secretas como la de los francmasones; la iglesia católica tiene gran experiencia en clandestinidad debido a las grandes persecuciones que ha sufrido en algunas épocas de la historia; los comunistas chilenos también tienen experiencia en clandestinidad porque fueron un partido declarado fuera de la ley durante el gobierno de Gabriel González Videla; y más reciente aun, debido a las numerosas detenciones de personas durante la dictadura militar, las organizaciones populares se vieron obligadas para protegerse y proteger a sus dirigentes, de crear y mantener durante mucho tiempo organizaciones clandestinas o secretas, no necesariamente ilícitas. Muchas personas no confían en el sistema, aún, y mantienen la clandestinidad y el secreto de sus relaciones militantes o partidarias. Curiosamente, la ley de los partidos políticos dice en una parte, que los militantes de los partidos son secretos y que sólo pueden ser conocidos entre ellos, aunque exige que estén registrados en el Servicio electoral del Estado.
Yo afirmo que dejé de ser militante del Partido comunista de Chile en 1972, antes del golpe militar, y después, en Chile, no existía ninguna posibilidad de militar, porque no existían los partidos políticos, ni siquiera un Congreso. En la actualidad no pertenezco a ningún partido político, asociación, movimiento, o grupo. Pienso que no necesito hoy ser militante o parte de un partido o grupo para decir y defender mis creencias o mis pensamientos.
PRIMERO: Declaro que dichos otros encausados son absolutamente desconocidos para mí antes y después de los hechos. No existió ningún juramento o compromiso con ellos. No existió ni existe con ellos ninguna asociación.
SEGUNDO: Declaro que sólo razones humanitarias me llevaron a acompañar a una persona que estaba enferma, tan enferma, que podía morir, y a la cual tampoco conocía previamente.
TERCERO: Declaro que cualquiera otra relación con personas conocidas o desconocidas, chilenos o extranjeros, son relaciones de índole privada, y que por lo más extrañas que ellas fueran, no podrían presumir de ellas asociación ilícita.
CUARTO: el Capítulo III, Art.19, número 7, letra a), números 13 y 15 de la Constitución de 1980; aseguran a las personas: el derecho a la libertad personal, a reunirse dos o más personas pacíficamente sin permiso previo en plazas, calles, y demás lugares de uso público, y a asociarse sin permiso previo. De acuerdo con estos derechos las personas podemos trasladarnos de un lugar a otro dentro del territorio nacional, y entrar o salir del territorio de acuerdo con las normas establecidas por la ley; y se nos garantiza el pluralismo político, o sea, no solamente podemos ser parte de un Partido Político o un sindicato, sino que podemos formar parte de asociaciones, movimientos y otras formas de organización social como parte de ese derecho.
Por ejemplo, pueden conformar una organización social un grupo de personas que son parte de un movimiento por la paz y el desarme, o por los derechos humanos; o una agrupación de personas llamados O”Higginianos en acción, o simplemente Movimiento Manuel Rodríguez, etc., etc. Lo que sucede es que al parecer no estamos acostumbrados a las organizaciones de todo tipo que pueden ser creadas en Democracia y bajo el pluralismo político.
Quiero decir también que yo pienso que a veces se confunde el término ilícito con clandestinidad o secreto. En Chile han existido y existen organizaciones secretas como la de los francmasones; la iglesia católica tiene gran experiencia en clandestinidad debido a las grandes persecuciones que ha sufrido en algunas épocas de la historia; los comunistas chilenos también tienen experiencia en clandestinidad porque fueron un partido declarado fuera de la ley durante el gobierno de Gabriel González Videla; y más reciente aun, debido a las numerosas detenciones de personas durante la dictadura militar, las organizaciones populares se vieron obligadas para protegerse y proteger a sus dirigentes, de crear y mantener durante mucho tiempo organizaciones clandestinas o secretas, no necesariamente ilícitas. Muchas personas no confían en el sistema, aún, y mantienen la clandestinidad y el secreto de sus relaciones militantes o partidarias. Curiosamente, la ley de los partidos políticos dice en una parte, que los militantes de los partidos son secretos y que sólo pueden ser conocidos entre ellos, aunque exige que estén registrados en el Servicio electoral del Estado.
Yo afirmo que dejé de ser militante del Partido comunista de Chile en 1972, antes del golpe militar, y después, en Chile, no existía ninguna posibilidad de militar, porque no existían los partidos políticos, ni siquiera un Congreso. En la actualidad no pertenezco a ningún partido político, asociación, movimiento, o grupo. Pienso que no necesito hoy ser militante o parte de un partido o grupo para decir y defender mis creencias o mis pensamientos.
PRESENTACION ANTE LA JUSTICIA
1.3.1 EN EL Nº38 DE LA PAGINA 55; se acogen esos elementos, considerados de convicción, y se los pondera con arreglo a normas legales pertinentes, para concluir que mi persona tanto “en el momento de la comisión del delito, como con antelación, se encontraba privada de razón, por sufrir una enajenación mental que por su naturaleza crónica y sus características permite afirmar inimputable, por lo que procedería acoger dicha causal de exención de responsabilidad criminal, y por consiguiente ser absuelta de este cargo”.
1.3.2 EN EL Nº39 DE LA PAGINA 55; se rechaza por lo expresado la minorante de la eximente incompleta antes señalada.
1.3.3 EN EL Nº40 DE LA PAGINA 55; se acoge la atenuante del artículo 11, número Nº6 del Código Penal, por estar acreditado en el proceso con su extracto de filiación y antecedentes (…), y la información de conducta (…) que tengo “irreprochable conducta anterior”.
Todo lo cual contribuyó para la dictación de la sentencia absolutoria, en lo que a mí concierne, pero con una condición:
- Se me impone, “como medida de seguridad y protección, la entrega en custodia a mi familia, o en su defecto, al guardador que el tribunal a quo designe, o a alguna de las instituciones a que se refiere la disposición citada, bajo el control del señor Juez del 12º Juzgado del Crimen de esta ciudad. (Rechazo la imposición, yo habría utilizado la expresión se recomienda).
(Yo siempre discrepé y discrepo del diagnóstico psiquiátrico de esquizofrenia, por esta razón, después de 1990 cuando salí en libertad bajo fianza consulté privadamente a un psiquiatra de una ISAPRE, de apellido Marincovic, para preguntarle si él podía sólo con verme y hablando conmigo emitir un certificado de salud mental, él me dijo que sí, y agregó: “yo la veo a usted bien”. Le expliqué entonces que había estado detenida y que aun estaba sometida a una causa la cual duraba ya mucho tiempo. El me recomendó que esperara hasta que terminara la causa y que después él podría hacer lo que yo le pedía. Por esta razón acepté el diagnóstico del Instituto Médico Legal y los certificados médicos agregados, pero como diagnósticos de cárcel, no anterior a los hechos.).
Es así, como en estos momentos del proceso legal no puedo impugnar dicho diagnóstico, es que rechazo dicha “imposición”, permitiéndome afirmar que: “no subsisten las condiciones que llevaron a dictar la medida de protección y seguridad a mi persona”.
Apoyo mi solicitud en una serie de documentos que acreditan que puedo valerme por mi misma y vivir sola. Entre dichos documentos considero el de mayor importancia el certificado médico de la Dra. Lilian San Román Figueiredo RCM 11805-2 que dice que: “certifico atender profesionalmente a la señora Patricia Roi Jonas, quien a pesar de tener un diagnóstico psiquiátrico está en condiciones de valerse por si misma y de vivir sola”.
Y me hago responsable de mantener mi propio tratamiento médico – si es necesario – de común acuerdo con el especialista que yo elija sin el control del señor Juez del 12 Juzgado del Crimen. (Adjunto la Anamnesis psiquiátrica de validación que fue incorporada a la Causa y lo que permitió que no se llevara a cabo la custodia).
1. DESEO SE CONSIDERE COMO ELEMENTO DE JUICIO O PRUEBA EN CONCIENCIA EL HECHO QUE YO HAYA SIDO DETENIDA EXISTIENDO UN DIAGNOSTICO DE “ALOPECIA” Y NO DE ESQUIZOFRENIA. Las personas que me detuvieron pudieron comprobar a simple vista, en el momento de la detención, la veracidad de este diagnóstico. Esta alteración es de larga data (principios de 1974) y fue una de las razones para viajar al extranjero a buscar tratamiento médico para sanar.
Deseo se considere válida mi palabra cuando yo declaro falso cualquier informe psiquiátrico que aparezca como anterior a mi detención, efectuado por personas que no conozco y que nunca me han tratado como psiquiatras o psicólogos.
Podría pensarse que la sentencia absolutoria no es errada ni arbitraria en relación a mi persona, es cierto, pero yo declaro que debo ser absuelta no porque esté enferma sino porque soy inocente, porque no he cometido ningún delito; desde este punto de vista, partiría según mi opinión el error o arbitrariedad, o la injusticia misma.
Yo declaro que debo ser absuelta “no por no existir en el proceso antecedentes suficientes para acreditar mi participación en calidad alguna en el delito de sustracción del menor”, sino porque no existe ninguna prueba para acreditar mi culpa o responsabilidad en ningún delito.
2. DESEO SE INCORPOREN OTROS CERTIFICADOS MEDICOS EMITIDOS DESPUES QUE FUI DEJADA EN LIBERTAD BAJO FIANZA EN 1990, COMO NUEVOS ELEMENTOS DE JUICIO-
3.1 Certificado Nº0366108 de la Corporación Municipal de Educación, Salud y Atención de Menores de Puente Alto de fecha 23 de Diciembre de 1994. Copia fiel del original, firmada por la Asistente Social de la Gobernación Cordillera de Puente Alto que dice: “Certifico que la señora Patricia Roi Jonas se encuentra clínicamente sana”.
3.2 Certificado médico RCM7880295-2 de fecha 080396 del Consultorio de las Rocas de Santo Domingo, San Antonio, V Región, que dice: “Certifico haber atendido a Patricia Roi Jonas, quien presenta alopecia total, (….)”.
1.3.2 EN EL Nº39 DE LA PAGINA 55; se rechaza por lo expresado la minorante de la eximente incompleta antes señalada.
1.3.3 EN EL Nº40 DE LA PAGINA 55; se acoge la atenuante del artículo 11, número Nº6 del Código Penal, por estar acreditado en el proceso con su extracto de filiación y antecedentes (…), y la información de conducta (…) que tengo “irreprochable conducta anterior”.
Todo lo cual contribuyó para la dictación de la sentencia absolutoria, en lo que a mí concierne, pero con una condición:
- Se me impone, “como medida de seguridad y protección, la entrega en custodia a mi familia, o en su defecto, al guardador que el tribunal a quo designe, o a alguna de las instituciones a que se refiere la disposición citada, bajo el control del señor Juez del 12º Juzgado del Crimen de esta ciudad. (Rechazo la imposición, yo habría utilizado la expresión se recomienda).
(Yo siempre discrepé y discrepo del diagnóstico psiquiátrico de esquizofrenia, por esta razón, después de 1990 cuando salí en libertad bajo fianza consulté privadamente a un psiquiatra de una ISAPRE, de apellido Marincovic, para preguntarle si él podía sólo con verme y hablando conmigo emitir un certificado de salud mental, él me dijo que sí, y agregó: “yo la veo a usted bien”. Le expliqué entonces que había estado detenida y que aun estaba sometida a una causa la cual duraba ya mucho tiempo. El me recomendó que esperara hasta que terminara la causa y que después él podría hacer lo que yo le pedía. Por esta razón acepté el diagnóstico del Instituto Médico Legal y los certificados médicos agregados, pero como diagnósticos de cárcel, no anterior a los hechos.).
Es así, como en estos momentos del proceso legal no puedo impugnar dicho diagnóstico, es que rechazo dicha “imposición”, permitiéndome afirmar que: “no subsisten las condiciones que llevaron a dictar la medida de protección y seguridad a mi persona”.
Apoyo mi solicitud en una serie de documentos que acreditan que puedo valerme por mi misma y vivir sola. Entre dichos documentos considero el de mayor importancia el certificado médico de la Dra. Lilian San Román Figueiredo RCM 11805-2 que dice que: “certifico atender profesionalmente a la señora Patricia Roi Jonas, quien a pesar de tener un diagnóstico psiquiátrico está en condiciones de valerse por si misma y de vivir sola”.
Y me hago responsable de mantener mi propio tratamiento médico – si es necesario – de común acuerdo con el especialista que yo elija sin el control del señor Juez del 12 Juzgado del Crimen. (Adjunto la Anamnesis psiquiátrica de validación que fue incorporada a la Causa y lo que permitió que no se llevara a cabo la custodia).
1. DESEO SE CONSIDERE COMO ELEMENTO DE JUICIO O PRUEBA EN CONCIENCIA EL HECHO QUE YO HAYA SIDO DETENIDA EXISTIENDO UN DIAGNOSTICO DE “ALOPECIA” Y NO DE ESQUIZOFRENIA. Las personas que me detuvieron pudieron comprobar a simple vista, en el momento de la detención, la veracidad de este diagnóstico. Esta alteración es de larga data (principios de 1974) y fue una de las razones para viajar al extranjero a buscar tratamiento médico para sanar.
Deseo se considere válida mi palabra cuando yo declaro falso cualquier informe psiquiátrico que aparezca como anterior a mi detención, efectuado por personas que no conozco y que nunca me han tratado como psiquiatras o psicólogos.
Podría pensarse que la sentencia absolutoria no es errada ni arbitraria en relación a mi persona, es cierto, pero yo declaro que debo ser absuelta no porque esté enferma sino porque soy inocente, porque no he cometido ningún delito; desde este punto de vista, partiría según mi opinión el error o arbitrariedad, o la injusticia misma.
Yo declaro que debo ser absuelta “no por no existir en el proceso antecedentes suficientes para acreditar mi participación en calidad alguna en el delito de sustracción del menor”, sino porque no existe ninguna prueba para acreditar mi culpa o responsabilidad en ningún delito.
2. DESEO SE INCORPOREN OTROS CERTIFICADOS MEDICOS EMITIDOS DESPUES QUE FUI DEJADA EN LIBERTAD BAJO FIANZA EN 1990, COMO NUEVOS ELEMENTOS DE JUICIO-
3.1 Certificado Nº0366108 de la Corporación Municipal de Educación, Salud y Atención de Menores de Puente Alto de fecha 23 de Diciembre de 1994. Copia fiel del original, firmada por la Asistente Social de la Gobernación Cordillera de Puente Alto que dice: “Certifico que la señora Patricia Roi Jonas se encuentra clínicamente sana”.
3.2 Certificado médico RCM7880295-2 de fecha 080396 del Consultorio de las Rocas de Santo Domingo, San Antonio, V Región, que dice: “Certifico haber atendido a Patricia Roi Jonas, quien presenta alopecia total, (….)”.
PRESENTACION ANTE LA JUSTICIA
Rechazo que se haya tomado en consideración un informe de facultades mentales elaborado cuando yo estaba detenida y no anterior a los hechos. Yo pienso que el lenguaje profesional utilizado caricaturiza la personalidad de una posible paciente cuando dice: “Estructura básica de personalidad profunda y precozmente alterada, correspondiente a una personalidad anormal, de rasgos predominantemente histéricos, asociados con rasgos fanáticos”. Yo pienso que el ser humano es mucho más complejo, tanto más, que decir que: “El curso vital revela la recurrencia de episodios reactivos de distinta índole, depresiones ansiosas, psicosomáticos e incluso sicóticos, desencadenado por situaciones ambientales conflictivas”, es una exageración, especialmente, porque ellos no me conocen con anterioridad y salvo un par de entrevistas, nunca existió una relación verdadera entre los expertos y mi persona; por las condiciones de la situación a la cual me encontraba sometida.
Se menciona también en el número 37 en la misma página, y en la página 55 donde continúa: “Que, por su parte, de los certificados médicos agregados a fs. 4.699 y 4.701 y ratificados a fs.5.559 y 5.562 vta por, los médicos que los suscriben, MARIA PAZ ROJAS BEZA y EDUARDO JOAQUIN PEREZ ARZA, se desprende que este último profesional ha tratado a la encausada desde antes que se fuera a Europa en Noviembre de 1977, por trastornos graves de su personalidad como fondo de sus descompensaciones sicóticos y la naturaleza de su enfermedad, es una psicosis esquizofrenica antigua y franca… etc.” (….); con todo lo cual se amplía el informe psiquiátrico evacuado por el Instituto Médico Legal a fs.5.573 que concluye que tengo una “esquizofrenia con fecha de inicio anterior a los hechos que se investigan”.
Quiero referirme especialmente a esos cerificados médicos agregados en el informe de la causa, y ratificados por los médicos que los suscriben: MARIA PAZ ROJAS BEZA y EDUARDO JOAQUIN PEREZ ARZA.
Si se trata de la misma María Paz Rojas Beza, la conocí en la cárcel de San Miguel, y no antes. Ella conversó a veces conmigo y supuse que sólo era una visita al penal que conversaba con todas las prisioneras políticas en forma solidaria. No sabía que había emitido un certificado. Yo le entendí que era psicóloga, no médico
Si se trata del mismo Eduardo Joaquín Pérez Arza lo conocí porque él dijo ser amigo de mi padre, y haber trabajado en la Universidad de Chile. Es posible que sea como él dice, pero yo no lo recuerdo. El estuvo varias veces de visita en la cárcel, y yo entendí que trabajaba en CODEPU, un Comité de Defensa de los Derechos del Pueblo y que visitaba a todas las presas políticas por esa razón. Cuando salí en libertad fue varias veces a la casa de mis padres como amigo de mi padre. Nunca fue a mi casa. Yo afirmo que nunca fui tratada profesionalmente por él, no es efectivo que él me hubiese tratado desde antes que yo viajara a Europa en Noviembre de 1977. Yo nunca le pedí semejante cosa, tampoco cuando estuve detenida. La verdad, no recuerdo haberlo conocido en la Universidad, y en ninguna otra parte.
No quiero dudar de la honestidad de los profesionales, pero no puedo aceptar que diagnósticos evacuados durante el período de detención, por profesionales que nunca me trataron con anterioridad, aunque sean expertos, sean tan determinantes para calificar mi estado de salud mental.
Yo he vivido sola mucho tiempo, antes y después de la detención, en Chile y en el extranjero, y pienso que si realmente hubiese tenido esquizofrenia, tan grave como se asevera no habría sido posible eso.
Tal vez, el solo hecho de haber sido detenida, sometida a fuertes presiones, en lugares desconocidos para mi, donde fui incomunicada y hasta encerrada en un calabozo, y donde alguien en la incomunicación me obligó a tomar una pastilla de un medicamento o droga que nunca supe de que se trataba, pudo generar artificialmente algo que ellos llamaron o creyeron esquizofrenia. Estuve muy enferma por ese hecho. Nunca me había sucedido algo tan terrible antes de la detención.
Se menciona también en el número 37 en la misma página, y en la página 55 donde continúa: “Que, por su parte, de los certificados médicos agregados a fs. 4.699 y 4.701 y ratificados a fs.5.559 y 5.562 vta por, los médicos que los suscriben, MARIA PAZ ROJAS BEZA y EDUARDO JOAQUIN PEREZ ARZA, se desprende que este último profesional ha tratado a la encausada desde antes que se fuera a Europa en Noviembre de 1977, por trastornos graves de su personalidad como fondo de sus descompensaciones sicóticos y la naturaleza de su enfermedad, es una psicosis esquizofrenica antigua y franca… etc.” (….); con todo lo cual se amplía el informe psiquiátrico evacuado por el Instituto Médico Legal a fs.5.573 que concluye que tengo una “esquizofrenia con fecha de inicio anterior a los hechos que se investigan”.
Quiero referirme especialmente a esos cerificados médicos agregados en el informe de la causa, y ratificados por los médicos que los suscriben: MARIA PAZ ROJAS BEZA y EDUARDO JOAQUIN PEREZ ARZA.
Si se trata de la misma María Paz Rojas Beza, la conocí en la cárcel de San Miguel, y no antes. Ella conversó a veces conmigo y supuse que sólo era una visita al penal que conversaba con todas las prisioneras políticas en forma solidaria. No sabía que había emitido un certificado. Yo le entendí que era psicóloga, no médico
Si se trata del mismo Eduardo Joaquín Pérez Arza lo conocí porque él dijo ser amigo de mi padre, y haber trabajado en la Universidad de Chile. Es posible que sea como él dice, pero yo no lo recuerdo. El estuvo varias veces de visita en la cárcel, y yo entendí que trabajaba en CODEPU, un Comité de Defensa de los Derechos del Pueblo y que visitaba a todas las presas políticas por esa razón. Cuando salí en libertad fue varias veces a la casa de mis padres como amigo de mi padre. Nunca fue a mi casa. Yo afirmo que nunca fui tratada profesionalmente por él, no es efectivo que él me hubiese tratado desde antes que yo viajara a Europa en Noviembre de 1977. Yo nunca le pedí semejante cosa, tampoco cuando estuve detenida. La verdad, no recuerdo haberlo conocido en la Universidad, y en ninguna otra parte.
No quiero dudar de la honestidad de los profesionales, pero no puedo aceptar que diagnósticos evacuados durante el período de detención, por profesionales que nunca me trataron con anterioridad, aunque sean expertos, sean tan determinantes para calificar mi estado de salud mental.
Yo he vivido sola mucho tiempo, antes y después de la detención, en Chile y en el extranjero, y pienso que si realmente hubiese tenido esquizofrenia, tan grave como se asevera no habría sido posible eso.
Tal vez, el solo hecho de haber sido detenida, sometida a fuertes presiones, en lugares desconocidos para mi, donde fui incomunicada y hasta encerrada en un calabozo, y donde alguien en la incomunicación me obligó a tomar una pastilla de un medicamento o droga que nunca supe de que se trataba, pudo generar artificialmente algo que ellos llamaron o creyeron esquizofrenia. Estuve muy enferma por ese hecho. Nunca me había sucedido algo tan terrible antes de la detención.
1. LA CARTA QUE EL 30 DE MARZO DE 1993 DIRIGI AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE CHILE DE ESA EPOCA, DON PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Y LA CUAL ADJUNTO PARA SU CONOCIMIENTO.
Quiero llamar su atención hacia las páginas y números que se mencionan en la NOTA, donde se adentran los argumentos que llevaron a la sentencia absolutoria, en lo que a mi concierne.
1.1. Rechazo en la página número 3 (A fs.1.902, 2.003 vta., 2.015 y 2.946 vta.), donde dice: “Patricia Roi Jonas reconoce su participación en el delito de secuestro que se le imputa, declara pertenecer al Frente Patriótico Manuel Rodríguez y…” (….).
1.2. Rechazo en las páginas número 42 y 43, donde dice: “Que la procesada Patricia Roi Jonas (…), en sus declaraciones indagatorias (…), ha reconocido su participación en el delito de secuestro por el que se le acusa, al referir que una vez ingresó al Frente Patriótico Manuel Rodríguez (*) a fines de Octubre de 1983, (….), y todo el párrafo siguiente del Nº15; y la consecuencia que dicha declaración produce, y a lo que se refiere el Nº16 de la misma página: “Que esta confesión por reunir los requisitos del artículo 481 del Código Penal es suficiente para dar por acreditada su autoría del delito de que se trata”. (….).
Quiero que se tome en cuenta que los interrogatorios fueron realizados bajo fuertes presiones; estuve incomunicada durante diez días, en un lugar desconocido para mí de detención, y denuncio que se me obligó a tomar algún medicamento o droga (a la cual yo no estaba acostumbrada), y que provocó la alteración y pérdida del autodominio de mi conciencia. No podía pensar con normalidad, por lo tanto, pienso, que carece de validez cualquier declaración en esas condiciones.
Ruego se acepte mi palabra como válida, tan válida como la de otros, cuando afirmo que yo no he hecho las declaraciones que se me adjudican y que aparecen en esas páginas y números.
1.3 Quiero llamar su atención hacia las páginas números 53 y 54:
1.3.1 EN EL Nº35 DE LA PAGINA 53; en el hecho que, cuando la defensa contestando la acusación, adhesiones y demanda civil en contra de mi persona, solicita que se me absuelva: “por no existir en el proceso antecedentes suficientes para estimar acreditada mi participación en calidad alguna en el delito de substracción del menor”;
Yo quiero decir: “por no existir ninguna prueba para acreditar mi culpa o responsabilidad en ningún delito”, ya que, yo niego haber efectuado las declaraciones en las que se afirma la insuficiencia de mi inocencia y la consiguiente “sentencia absolutoria” con ese fundamento.
Por otra parte, afirmo que cuando estaba detenida en el Centro de Detención Preventiva de San Miguel hubo un reconocimiento o careo junto a otra gente y en el cual participó un fiscal o ministro de apellido De la Cerda, y él me dijo personalmente: “Nadie la reconoció”, o sea, no existía ninguna prueba de mi participación en los hechos.
1.3.2 EN EL Nº35 DE LA PAGINA; donde el Tribunal desestima en las alegaciones la que dice relación con mi participación en atención a las argumentaciones que se expresan en los fundamentos 15º y 16º de la página 42; declaraciones que se me adjudicaron, y que yo, vuelvo a negar haber hecho. Lo cual podría haber modificado los fundamentos para dictar la “sentencia absolutoria”.
1.3.3 EN EL Nº37 DE LA PAGINA 54; donde se acoge la alegación fundada de estaría exenta de responsabilidad criminal, por encontrarme en la situación de imputabilidad contemplada en el artículo 10 Nº1 del Código Penal, conclusión a la que llegaron, si se tiene en consideración, el informe de facultades mentales (...) evacuado por los peritos del Servicio Médico Legal. (….).
Quiero llamar su atención hacia las páginas y números que se mencionan en la NOTA, donde se adentran los argumentos que llevaron a la sentencia absolutoria, en lo que a mi concierne.
1.1. Rechazo en la página número 3 (A fs.1.902, 2.003 vta., 2.015 y 2.946 vta.), donde dice: “Patricia Roi Jonas reconoce su participación en el delito de secuestro que se le imputa, declara pertenecer al Frente Patriótico Manuel Rodríguez y…” (….).
1.2. Rechazo en las páginas número 42 y 43, donde dice: “Que la procesada Patricia Roi Jonas (…), en sus declaraciones indagatorias (…), ha reconocido su participación en el delito de secuestro por el que se le acusa, al referir que una vez ingresó al Frente Patriótico Manuel Rodríguez (*) a fines de Octubre de 1983, (….), y todo el párrafo siguiente del Nº15; y la consecuencia que dicha declaración produce, y a lo que se refiere el Nº16 de la misma página: “Que esta confesión por reunir los requisitos del artículo 481 del Código Penal es suficiente para dar por acreditada su autoría del delito de que se trata”. (….).
Quiero que se tome en cuenta que los interrogatorios fueron realizados bajo fuertes presiones; estuve incomunicada durante diez días, en un lugar desconocido para mí de detención, y denuncio que se me obligó a tomar algún medicamento o droga (a la cual yo no estaba acostumbrada), y que provocó la alteración y pérdida del autodominio de mi conciencia. No podía pensar con normalidad, por lo tanto, pienso, que carece de validez cualquier declaración en esas condiciones.
Ruego se acepte mi palabra como válida, tan válida como la de otros, cuando afirmo que yo no he hecho las declaraciones que se me adjudican y que aparecen en esas páginas y números.
1.3 Quiero llamar su atención hacia las páginas números 53 y 54:
1.3.1 EN EL Nº35 DE LA PAGINA 53; en el hecho que, cuando la defensa contestando la acusación, adhesiones y demanda civil en contra de mi persona, solicita que se me absuelva: “por no existir en el proceso antecedentes suficientes para estimar acreditada mi participación en calidad alguna en el delito de substracción del menor”;
Yo quiero decir: “por no existir ninguna prueba para acreditar mi culpa o responsabilidad en ningún delito”, ya que, yo niego haber efectuado las declaraciones en las que se afirma la insuficiencia de mi inocencia y la consiguiente “sentencia absolutoria” con ese fundamento.
Por otra parte, afirmo que cuando estaba detenida en el Centro de Detención Preventiva de San Miguel hubo un reconocimiento o careo junto a otra gente y en el cual participó un fiscal o ministro de apellido De la Cerda, y él me dijo personalmente: “Nadie la reconoció”, o sea, no existía ninguna prueba de mi participación en los hechos.
1.3.2 EN EL Nº35 DE LA PAGINA; donde el Tribunal desestima en las alegaciones la que dice relación con mi participación en atención a las argumentaciones que se expresan en los fundamentos 15º y 16º de la página 42; declaraciones que se me adjudicaron, y que yo, vuelvo a negar haber hecho. Lo cual podría haber modificado los fundamentos para dictar la “sentencia absolutoria”.
1.3.3 EN EL Nº37 DE LA PAGINA 54; donde se acoge la alegación fundada de estaría exenta de responsabilidad criminal, por encontrarme en la situación de imputabilidad contemplada en el artículo 10 Nº1 del Código Penal, conclusión a la que llegaron, si se tiene en consideración, el informe de facultades mentales (...) evacuado por los peritos del Servicio Médico Legal. (….).
PRESENTACION ANTE LA JUSTICIA
1. PRESENTACION ANTE LA JUSTICIA.
ROCAS DE SANTO DOMINGO, 21 de Diciembre de 1999.
(En el Capítulo III, artículo 19, número 7, letra i) de la Constitución Política de la República de Chile (1980) dice que: “una vez dictado sobreseimiento o sentencia absolutoria, el que hubiere sido sometido a proceso o condenado en cualquier instancia por resolución que la Corte Suprema declare injustificadamente errónea o arbitraria, tendrá derecho a ser indemnizado por el Estado de los perjuicios patrimoniales y morales que haya sufrido, la indemnización será determinada judicialmente en procedimiento breve y sumario y en él la prueba se apreciará en conciencia”.).
Me permito dirigirme a usted acogiéndome al derecho natural que toda persona tiene de justicia, más allá de la constitución y las leyes escritas, para solicitar: “una reparación por daños patrimoniales y morales sufridos por mi persona y mi familia durante el largo proceso de la causa rol Nº7.345-1 del duodécimo Juzgado del Crimen de Santiago; y que con fecha 21 de Agosto recién pasado se notificó en lo que a mí concierne: “ SENTENCIA ABSOLUTORIA en la causa en referencia, la que fue aprobada por la Corte de Apelaciones de Santiago”.
Solicito que el solo hecho de admitir esta presentación, de admitir mis argumentos tan válidos como los de otros, se lo considere una reparación.
Ruego, pues, que se admita esta demanda y se acepten como instrumentos y pruebas en conciencia los siguientes elementos, los cuales declaro verdaderos:
1. LA CARTA QUE EL 30 DE MARZO DE 1993 DIRIGI AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE CHILE DE ESA EPOCA, DON PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Y LA CUAL ADJUNTO PARA SU CONOCIMIENTO.
Quiero llamar su atención hacia las páginas y números quede otros, se lo considere una reparación.
Ruego, pues, que se admita esta demanda y se acepten como instrumentos y pruebas en conciencia los siguientes elementos, los cuales declaro verdaderos:
(SIGUE)
ROCAS DE SANTO DOMINGO, 21 de Diciembre de 1999.
(En el Capítulo III, artículo 19, número 7, letra i) de la Constitución Política de la República de Chile (1980) dice que: “una vez dictado sobreseimiento o sentencia absolutoria, el que hubiere sido sometido a proceso o condenado en cualquier instancia por resolución que la Corte Suprema declare injustificadamente errónea o arbitraria, tendrá derecho a ser indemnizado por el Estado de los perjuicios patrimoniales y morales que haya sufrido, la indemnización será determinada judicialmente en procedimiento breve y sumario y en él la prueba se apreciará en conciencia”.).
Me permito dirigirme a usted acogiéndome al derecho natural que toda persona tiene de justicia, más allá de la constitución y las leyes escritas, para solicitar: “una reparación por daños patrimoniales y morales sufridos por mi persona y mi familia durante el largo proceso de la causa rol Nº7.345-1 del duodécimo Juzgado del Crimen de Santiago; y que con fecha 21 de Agosto recién pasado se notificó en lo que a mí concierne: “ SENTENCIA ABSOLUTORIA en la causa en referencia, la que fue aprobada por la Corte de Apelaciones de Santiago”.
Solicito que el solo hecho de admitir esta presentación, de admitir mis argumentos tan válidos como los de otros, se lo considere una reparación.
Ruego, pues, que se admita esta demanda y se acepten como instrumentos y pruebas en conciencia los siguientes elementos, los cuales declaro verdaderos:
1. LA CARTA QUE EL 30 DE MARZO DE 1993 DIRIGI AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE CHILE DE ESA EPOCA, DON PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Y LA CUAL ADJUNTO PARA SU CONOCIMIENTO.
Quiero llamar su atención hacia las páginas y números quede otros, se lo considere una reparación.
Ruego, pues, que se admita esta demanda y se acepten como instrumentos y pruebas en conciencia los siguientes elementos, los cuales declaro verdaderos:
(SIGUE)
domingo, 1 de junio de 2008
CARTA AL COMANDANTE EN JEFE DEL EJERCITO
ACLARACION:
“El 12 de Abril de 1994 quise entregar una carta al comandante en Jefe del Ejército de Chile en Bandera 52 - Tercer piso, mediante la cual le adjuntaba dos ejemplares de mi libro “Papagayo de papel y Operación coipo”, pero me enteré en ese momento que en esa dirección no funcionaba la Comandancia en jefe sino en Zenteno 45. Al dirigirme a la nueva dirección también me enteré que el Comandante en jefe de las FFAA chilenas era a esa fecha el general Augusto Pinochet Ugarte, por eso la carta que yo entregué no va dirigida a su nombre.
COPIA DE DICHA CARTA:
“4/11/94
8:55 PM
Señor Comandante en Jefe
Del Ejército de Chile
Bandera 52 P 3º
PRESENTE
Estimado señor:
Me permito adjuntar a usted dos ejemplares de mi libro: “Papagayo de Papel y Operación Coipo”, recientemente impreso.
Las razones que me mueven son de índole particular. En varias páginas de mi libro hago mención a las Fuerzas Armadas Chilenas, de una u otra forma. Pienso que mis recuerdos y comentarios serán de interés para usted y otras personas a las que hago mención.
Hago presente también que: “Toda información en relación a las Fuerzas Armadas, es información abierta de los medios periodísticos de la época o comentarios de personas diversas”.
Esperando que mi libro sea de su agrado, le saluda atentamente,
PATRICIA ROI JONAS
“El 12 de Abril de 1994 quise entregar una carta al comandante en Jefe del Ejército de Chile en Bandera 52 - Tercer piso, mediante la cual le adjuntaba dos ejemplares de mi libro “Papagayo de papel y Operación coipo”, pero me enteré en ese momento que en esa dirección no funcionaba la Comandancia en jefe sino en Zenteno 45. Al dirigirme a la nueva dirección también me enteré que el Comandante en jefe de las FFAA chilenas era a esa fecha el general Augusto Pinochet Ugarte, por eso la carta que yo entregué no va dirigida a su nombre.
COPIA DE DICHA CARTA:
“4/11/94
8:55 PM
Señor Comandante en Jefe
Del Ejército de Chile
Bandera 52 P 3º
PRESENTE
Estimado señor:
Me permito adjuntar a usted dos ejemplares de mi libro: “Papagayo de Papel y Operación Coipo”, recientemente impreso.
Las razones que me mueven son de índole particular. En varias páginas de mi libro hago mención a las Fuerzas Armadas Chilenas, de una u otra forma. Pienso que mis recuerdos y comentarios serán de interés para usted y otras personas a las que hago mención.
Hago presente también que: “Toda información en relación a las Fuerzas Armadas, es información abierta de los medios periodísticos de la época o comentarios de personas diversas”.
Esperando que mi libro sea de su agrado, le saluda atentamente,
PATRICIA ROI JONAS
2. CARTAS: 1994 – 1995.
Después que escribí mi libro “Papagayo de Papel y Operación Coipo” en 1994, y después que fue recibido en la Biblioteca Nacional y registrado bajo el Nº 10 (1232-27) y obsequiado a diferentes personas, recibí algunas respuestas. Me permito adjuntar algunas cartas enviadas y recibidas, en SkyDrive-documentos, en mi espacio de Windows Live.
http://patriciaroijonas.spaces.live.com (ver).
Después que escribí mi libro “Papagayo de Papel y Operación Coipo” en 1994, y después que fue recibido en la Biblioteca Nacional y registrado bajo el Nº 10 (1232-27) y obsequiado a diferentes personas, recibí algunas respuestas. Me permito adjuntar algunas cartas enviadas y recibidas, en SkyDrive-documentos, en mi espacio de Windows Live.
http://patriciaroijonas.spaces.live.com (ver).
REGISTRO DE PROPIEDAD
1. REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL (1993).
Existe comprobante que corresponde a la inscripción de la primera edición del Libro “Papagayo de Papel y Operación Coipo”; la inscripción Nº86.082 corresponde a: “Recuerdos e ideas en torno a materia específica en el área de las ciencias sociales” y la inscripción Nº86.083 corresponde a: “Teoría del conocimiento y pensamiento filosófico.
Existe comprobante que corresponde a la inscripción de la primera edición del Libro “Papagayo de Papel y Operación Coipo”; la inscripción Nº86.082 corresponde a: “Recuerdos e ideas en torno a materia específica en el área de las ciencias sociales” y la inscripción Nº86.083 corresponde a: “Teoría del conocimiento y pensamiento filosófico.
INDICE
INDICE.
1. REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL (1993).
2. CARTAS (1994-1995).
3. LA MUERTE DE MIS PADRES (1997).
4. SENTENCIA EJECUTORIADA: 12 DE MAYO 1998.
5. PRESENTACION ANTE LA JUSTICIA (1999).
6. AUGUSTO PINOCHET UGARTE: PRISIONERO EN LONDRES (1998-2000) Y LA MUERTE DEL GENERAL EL 10 DICIEMBRE 2006.
7. RICARDO IZURIETA CAFFARENA.
8. DISCURSO DE FIDEL CASTRO RUZ EN BELO HORIZONTE BRASIL (1999).
9. RICARDO LAGOS ESCOBAR. LEY Nº1.040 – INFORME VALECH.
10. LA NUEVA CONSTITUCION CHILENA: 18 AGOSTO 2006.
11. LA NUEVA REFORMA PROCESAL PENAL QUE EMPIEZA A REGIR DESDE EL AÑO 2005 EN LA V REGION, HOY REGION DE VALPARAISO.
12. LOS NUEVOS COMANDANTES EN JEFE DEL EJERCITO CHILENO; INCORPORACION DE LOS DERECHOS HUMANOS Y EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO EN LOS PROGRAMAS DE ESTUDIO DE LAS FFAA Y DE ORDEN CHILENAS; SERVICIO MILITAR VOLUNTARIO.
13. MICHELLE BACHELET JERIA LA PRIMERA MUJER PRESIDENTA DE LA REPUBLICA EN LA HISTORIA DE CHILE (2006-2010). PLAN DE GOBIERNO Y PRIMEROS DECRETOS.
1. REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL (1993).
2. CARTAS (1994-1995).
3. LA MUERTE DE MIS PADRES (1997).
4. SENTENCIA EJECUTORIADA: 12 DE MAYO 1998.
5. PRESENTACION ANTE LA JUSTICIA (1999).
6. AUGUSTO PINOCHET UGARTE: PRISIONERO EN LONDRES (1998-2000) Y LA MUERTE DEL GENERAL EL 10 DICIEMBRE 2006.
7. RICARDO IZURIETA CAFFARENA.
8. DISCURSO DE FIDEL CASTRO RUZ EN BELO HORIZONTE BRASIL (1999).
9. RICARDO LAGOS ESCOBAR. LEY Nº1.040 – INFORME VALECH.
10. LA NUEVA CONSTITUCION CHILENA: 18 AGOSTO 2006.
11. LA NUEVA REFORMA PROCESAL PENAL QUE EMPIEZA A REGIR DESDE EL AÑO 2005 EN LA V REGION, HOY REGION DE VALPARAISO.
12. LOS NUEVOS COMANDANTES EN JEFE DEL EJERCITO CHILENO; INCORPORACION DE LOS DERECHOS HUMANOS Y EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO EN LOS PROGRAMAS DE ESTUDIO DE LAS FFAA Y DE ORDEN CHILENAS; SERVICIO MILITAR VOLUNTARIO.
13. MICHELLE BACHELET JERIA LA PRIMERA MUJER PRESIDENTA DE LA REPUBLICA EN LA HISTORIA DE CHILE (2006-2010). PLAN DE GOBIERNO Y PRIMEROS DECRETOS.
sábado, 31 de mayo de 2008
RAZONES HUMANITARIAS. TERCERA PARTE.
“SER SOCIAL”
PATRICIA ROI JONAS
MEMORIA.
“RAZONES HUMANITARIAS”. TERCERA PARTE.
“Al fin y al cabo, algo tuvo que surgir en algún momento donde no había nada de nada…”. (“El mundo de Sofía”. Novela sobre la historia de la Filosofía. (1991). Jostein Gaarder. (Oslo, 1952). ).
PATRICIA ROI JONAS
MEMORIA.
“RAZONES HUMANITARIAS”. TERCERA PARTE.
“Al fin y al cabo, algo tuvo que surgir en algún momento donde no había nada de nada…”. (“El mundo de Sofía”. Novela sobre la historia de la Filosofía. (1991). Jostein Gaarder. (Oslo, 1952). ).
REGISTRO DE PROPIEDAD
Existe CERTIFICADO Nº168.451 con fecha 12/02/2008 que acredita registro de propiedad de mi obra litararia: Testimonio (libro en soporte magnético) titulada: "Recuerdos e ideas de una ex prisionera política chilena que tiene tres partes:
Papagayo de papel
Operación coipo
Razones humanitarias".
Este libro está registrado en la Biblioteca Nacional de Chile, Sección chilena, a nombre de Patricia Roi Jonas.
Papagayo de papel
Operación coipo
Razones humanitarias".
Este libro está registrado en la Biblioteca Nacional de Chile, Sección chilena, a nombre de Patricia Roi Jonas.
CURRICULUM VITAE
CURRICULUM VITAE.
_______________________
Patricia Roi Jonas
Nacida el 19 de Mayo de 1941. Coquimbo (Chile).
Estudios regulares y especiales.
___________________________________
- Estudios especiales de artes plásticas en la Escuela Experimental de Educación Artística, en Santiago de Chile, 1954 a 1956.
- Licencia secundaria, diciembre 1959.
- Bachillerato en Letras, enero 1960.
- PAA
- 1er año de Francés en el Instituto Pedagógico de la Universidad de Chile, 1960.
- Introducción al idioma ruso, en el mismo Instituto, el mismo año.
- Curso de secretariado bilingüe inglés-español en el Centro de adiestramiento para los funcionarios de la Universidad de Chile.
- Contabilidad, nociones, en el mismo Centro.
- Curso de sueco para extranjeros AMU Center de Estocolmo (Noviembre 1977 a Abril 1978).
- Matriculada en la Universidad de Estocolmo, mes de Septiembre de 1978.
- Curso de búlgaro para extranjeros y la disciplina Construcción de Partido en idioma búlgaro; Academia de Ciencias Sociales de Sofía (Bulgaria) - Septiembre de 1978 hasta Diciembre de 1982. La carrera incluía como disciplinas centrales: Economía política, Filosofía y Comunismo científico.
- Curso de Introducción al uso de Computador personal en el Centro de Adiestramiento Softraining, Capacitación empresarial, Marzo de 1992 (Chile).
Trabajos realizados y experiencia adquirida.
_________________________________________________
1) Funcionaria de la Universidad de Chile, Facultad de Medicina, Escuela de Medicina durante 12 años. (1961-1973):
. Instituto de Química Patológica y Fisiológica,
Secretaria menor docente.
. Departamento de Biología y Genética,
Oficial Mayor administrativo especializado.
. Departamento de Salud Pública e Higiene Ambiental.
Oficial Mayor administrativo, 6ª Categoría.
2) Gerente y Representante Legal de mi propia empresa de Exportaciones de Artesanías Sociedad Ltda.”. (1975-1976).
3) Servicios generales de Mantención a través de la Oficina Social del Trabajo en Estocolmo (Suecia).
4) Representante venta de servicios, trabajo a comisión empresa DIN. (1983).
1) Ejecutiva de Ventas en video Cámara, diciembre 1991. Trabajo a comisión.
2) Servicio administrativo en Oficina de Topografía de San Antonio.
3) Participo en el Programa PRAL con un proyecto que es aprobado y me permite una subsistencia desde el 9 de Diciembre de 1991 hasta el 16 de Mayo de 1992.
4) Iniciación de actividades en el SII el 29 enero 1992. Servicio administrativo y venta de libros.
5) JUBILADA.
PARTICIPACION SOCIAL
___________________________
- Cruz Roja.
- Girl Guide.
- Presidente de curso en 6ª preparatoria Escuela Experimental. Directora revista “Amanecer” Liceo Nº 2 de Niñas.
- Centro Estudiantes del Pedagógico, sin cargos.
- Centro empleados Escuela Medicina, sin cargos.
- Consejera representante no académica al Consejo Directivo del Departamento de Biología y Genética. Universidad de Chile.
- Militante comunista desde fines de 1969 a 1972. (Chile).
- Asociación Latinoamericana de Mujeres en actividades culturales y solidarias en Estocolmo (Suecia) sin cargos. (1978).
- Organización chilena del exilio, actividades culturales y solidarias, sin cargos (Bulgaria).
- Secretaria de Junta de vecinos elegida, representante de cien propietarios de viviendas, durante 6 meses (1983). (Chile).
- Prisionera política desde el 2-3 de Julio de 1984 hasta el 15-20 de Marzo de 1990. (Chile).
- Actividades culturales y solidarias en organización de ex presos políticos chilenos y la comisión de derechos humanos. Poesías escritas en el tiempo de la cárcel: 1984-1990. (25 autores). (Chile).
_______________________
Patricia Roi Jonas
Nacida el 19 de Mayo de 1941. Coquimbo (Chile).
Estudios regulares y especiales.
___________________________________
- Estudios especiales de artes plásticas en la Escuela Experimental de Educación Artística, en Santiago de Chile, 1954 a 1956.
- Licencia secundaria, diciembre 1959.
- Bachillerato en Letras, enero 1960.
- PAA
- 1er año de Francés en el Instituto Pedagógico de la Universidad de Chile, 1960.
- Introducción al idioma ruso, en el mismo Instituto, el mismo año.
- Curso de secretariado bilingüe inglés-español en el Centro de adiestramiento para los funcionarios de la Universidad de Chile.
- Contabilidad, nociones, en el mismo Centro.
- Curso de sueco para extranjeros AMU Center de Estocolmo (Noviembre 1977 a Abril 1978).
- Matriculada en la Universidad de Estocolmo, mes de Septiembre de 1978.
- Curso de búlgaro para extranjeros y la disciplina Construcción de Partido en idioma búlgaro; Academia de Ciencias Sociales de Sofía (Bulgaria) - Septiembre de 1978 hasta Diciembre de 1982. La carrera incluía como disciplinas centrales: Economía política, Filosofía y Comunismo científico.
- Curso de Introducción al uso de Computador personal en el Centro de Adiestramiento Softraining, Capacitación empresarial, Marzo de 1992 (Chile).
Trabajos realizados y experiencia adquirida.
_________________________________________________
1) Funcionaria de la Universidad de Chile, Facultad de Medicina, Escuela de Medicina durante 12 años. (1961-1973):
. Instituto de Química Patológica y Fisiológica,
Secretaria menor docente.
. Departamento de Biología y Genética,
Oficial Mayor administrativo especializado.
. Departamento de Salud Pública e Higiene Ambiental.
Oficial Mayor administrativo, 6ª Categoría.
2) Gerente y Representante Legal de mi propia empresa de Exportaciones de Artesanías Sociedad Ltda.”. (1975-1976).
3) Servicios generales de Mantención a través de la Oficina Social del Trabajo en Estocolmo (Suecia).
4) Representante venta de servicios, trabajo a comisión empresa DIN. (1983).
1) Ejecutiva de Ventas en video Cámara, diciembre 1991. Trabajo a comisión.
2) Servicio administrativo en Oficina de Topografía de San Antonio.
3) Participo en el Programa PRAL con un proyecto que es aprobado y me permite una subsistencia desde el 9 de Diciembre de 1991 hasta el 16 de Mayo de 1992.
4) Iniciación de actividades en el SII el 29 enero 1992. Servicio administrativo y venta de libros.
5) JUBILADA.
PARTICIPACION SOCIAL
___________________________
- Cruz Roja.
- Girl Guide.
- Presidente de curso en 6ª preparatoria Escuela Experimental. Directora revista “Amanecer” Liceo Nº 2 de Niñas.
- Centro Estudiantes del Pedagógico, sin cargos.
- Centro empleados Escuela Medicina, sin cargos.
- Consejera representante no académica al Consejo Directivo del Departamento de Biología y Genética. Universidad de Chile.
- Militante comunista desde fines de 1969 a 1972. (Chile).
- Asociación Latinoamericana de Mujeres en actividades culturales y solidarias en Estocolmo (Suecia) sin cargos. (1978).
- Organización chilena del exilio, actividades culturales y solidarias, sin cargos (Bulgaria).
- Secretaria de Junta de vecinos elegida, representante de cien propietarios de viviendas, durante 6 meses (1983). (Chile).
- Prisionera política desde el 2-3 de Julio de 1984 hasta el 15-20 de Marzo de 1990. (Chile).
- Actividades culturales y solidarias en organización de ex presos políticos chilenos y la comisión de derechos humanos. Poesías escritas en el tiempo de la cárcel: 1984-1990. (25 autores). (Chile).
CONCLUSIONES
I. CONCLUSIONES.
(La Tercera domingo 22 de agosto de 1993. Pág. 46. Sección Policía).
“ACLARACION:
“La Dirección de este diario ha recibido la siguiente aclaración de Patricia Roi Jonas: “Acogiéndome al Cáp. III de los Deberes y Derechos constitucionales de la Constitución Política de la República de Chile de 1980, Art. 19 Nºs 1, 4, 6 y especialmente el Nº 12, que dice: “Toda persona natural o jurídica ofendida o injustamente aludida por algún medio de comunicación social tiene derecho a que su declaración o rectificación sea gratuitamente difundida, en las condiciones que la ley determine, por el medio de comunicación en que esta información hubiere sido emitida”; solicito la siguiente rectificación y declaración en relación a la información aparecida el día 7 de Agosto de 1986, en la cual se me sindica como “coordinadora del delito de secuestro, y haber dirigido la operación”.
“Adjunto a usted la siguiente información con este fin:
“Santiago, 2 Diciembre de 1992.
Certificado que acredita que ante la Corte de Apelaciones de Santiago se siguió el proceso Rol Nº 1.541-91, por infracción a las leyes 18.314 y 17.798, contra Luis Alberto Belmar Erices y Otros. Por sentencia de primera instancia se absolvió a Patricia Roi Jonas del cargo que la sindicaba como autora del delito contemplado en el Art. 8º de la ley 17.798. Por sentencia de segunda instancia de fecha 30 Octubre de 1992, se aprobó en dicha parte la referida sentencia de primer grado”. Proveyó el señor Ministro Instructor Don Carlos Cerda Fernández subrogando legalmente, y firma la Secretaria Silvia Pérez Pizarro. Secretaria criminal.
“Sobreseimiento parcial y definitivo de Causa rol Nº7.345-1, por delitos contemplados en Nºs 12 y 13 del Art. 1º de la ley 18.314 (delitos perpetrados en los estudios y planta trasmisora de radio Minería) con respecto a Patricia Roi Jonas”.
“Que se absuelve a los encausados Ana María Monsalve Paiva, Patricia Roi Jonas, Jorge Enrique Madaune Jiménez y Darío Anselmo Mariñán Pilquimán, individualizados, de la acusación formulada en su contra de ser autores los tres primeros y cómplice el último del delito de substracción del menor Gonzalo Cruzat Valdés, descrito y sancionado en el Art. 142 inciso 2º Nº 1 del Código Penal”. Causa rol Nº7.345-1 sentencia en primera instancia pronunciada por la ministro en visita extraordinaria Gabriela Pérez Paredes y autorizada por don Julio Castillo Villarroel, secretario subrogante, duodécimo Juzgado del crimen de Santiago, fecha 26 de Febrero de 1993”.
(La Tercera domingo 22 de agosto de 1993. Pág. 46. Sección Policía).
“ACLARACION:
“La Dirección de este diario ha recibido la siguiente aclaración de Patricia Roi Jonas: “Acogiéndome al Cáp. III de los Deberes y Derechos constitucionales de la Constitución Política de la República de Chile de 1980, Art. 19 Nºs 1, 4, 6 y especialmente el Nº 12, que dice: “Toda persona natural o jurídica ofendida o injustamente aludida por algún medio de comunicación social tiene derecho a que su declaración o rectificación sea gratuitamente difundida, en las condiciones que la ley determine, por el medio de comunicación en que esta información hubiere sido emitida”; solicito la siguiente rectificación y declaración en relación a la información aparecida el día 7 de Agosto de 1986, en la cual se me sindica como “coordinadora del delito de secuestro, y haber dirigido la operación”.
“Adjunto a usted la siguiente información con este fin:
“Santiago, 2 Diciembre de 1992.
Certificado que acredita que ante la Corte de Apelaciones de Santiago se siguió el proceso Rol Nº 1.541-91, por infracción a las leyes 18.314 y 17.798, contra Luis Alberto Belmar Erices y Otros. Por sentencia de primera instancia se absolvió a Patricia Roi Jonas del cargo que la sindicaba como autora del delito contemplado en el Art. 8º de la ley 17.798. Por sentencia de segunda instancia de fecha 30 Octubre de 1992, se aprobó en dicha parte la referida sentencia de primer grado”. Proveyó el señor Ministro Instructor Don Carlos Cerda Fernández subrogando legalmente, y firma la Secretaria Silvia Pérez Pizarro. Secretaria criminal.
“Sobreseimiento parcial y definitivo de Causa rol Nº7.345-1, por delitos contemplados en Nºs 12 y 13 del Art. 1º de la ley 18.314 (delitos perpetrados en los estudios y planta trasmisora de radio Minería) con respecto a Patricia Roi Jonas”.
“Que se absuelve a los encausados Ana María Monsalve Paiva, Patricia Roi Jonas, Jorge Enrique Madaune Jiménez y Darío Anselmo Mariñán Pilquimán, individualizados, de la acusación formulada en su contra de ser autores los tres primeros y cómplice el último del delito de substracción del menor Gonzalo Cruzat Valdés, descrito y sancionado en el Art. 142 inciso 2º Nº 1 del Código Penal”. Causa rol Nº7.345-1 sentencia en primera instancia pronunciada por la ministro en visita extraordinaria Gabriela Pérez Paredes y autorizada por don Julio Castillo Villarroel, secretario subrogante, duodécimo Juzgado del crimen de Santiago, fecha 26 de Febrero de 1993”.
LA PRENSA ESCRITA ELEMENTO IDEOLOGICO.
Sábado 310508 - 11:13hrs.
V. LA PRENSA ESCRITA ELEMENTO IDEOLOGICO.
Titulares del Diario La Tercera desde el 2-3 de Julio de 1984 al 15-20 de Marzo de 1990. Algunos titulares antes y después de la formación del FPMR que fue el 14 de Diciembre de 1983.
- 1º DIC 1983.
Aparece pequeña biografía de RICARDO LAGOS ESCOBAR. Abogado de la Universidad de Chile. Alianza democrática. Casado con Luisa Durán, 5 hijos. En 1960 dirigente del Partido Socialista de Chile. Doctorado en Economía, Universidad de Duke (USA). Entre 1963-1972: Director Escuela de Ciencias Políticas y Administrativas; Director del Instituto de Economía y Secretario general de la Universidad de Chile (1971). Entre 1972 y 1974: Secretario General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales FLACSO. Entre 1974 y 1975: Profesor Visitante de las Universidad de Carolina del Norte, Chapell Hill. En 1976 Experto de las Naciones Unidas.
Aparece un artículo sobre GENDARMERIA: “Misión principal, atender, vigilar, rehabilitar a personas privadas de libertad que en la actualidad ascienden a 18.0090 personas en todo el país. 1.200 personas gozan del beneficio de salida al medio libre. 500 están acogidas a la salida dominical. Personas afectas a diversos beneficios, remisión condicional de la pena, libertad condicional y eliminación de los antecedentes. Todos ellos deben firmar en el Patronato nacional de reos. Existen funcionarios uniformados y civiles. En 1982-83 se inauguran 2 nuevos establecimientos penales en Vallenar y Quillota. Un 2º recinto CDP en San Miguel y un Plan piloto sistema integral de tratamiento y dictación ley libertad vigilada. Se celebra el día de solidaridad con la unidad judicial de psiquiatría en la Escuela de Gendarmería del General Bulnes, Central de Apoyo Operativo Cívico.
- 4 DIC 1983. “Asalto a la armería Ricci ubicada en Arturo
Prat 265”.
- 13 DIC 1983. “Cuarteles y bandos eran los objetivos de banda extremista”. “Al descubierto plan de asaltos y atentados”. “En medio de críticas y aplausos entra en vigencia ley minera. Clima de temor en Matías Cousiño”·
- 14 DIC 1983. “Audaz atraco a Caja auxiliar del Banco Chile. Pistoleros dejaron sin sueldos a pensionados”.
- 15 DIC 1983. “Torres voladas en Santiago produjeron efecto en cadena. Apagón desde Copiapó a Temuco. Bombazos dejaron a medio Chile a obscuras”.
- 16 DIC 1983. “Larga noche de terror con el fuerte sismo y explosiones extremistas”. “Un muerto y 2 heridos a bala durante el apagón”.
- 17 DIC 1983. “Valor del dólar. Cáceres: los peores momentos han pasado”. “A todo sol y plena luz se llevan dineros de Polla”.
- 18 DIC 1983. “Trío de pistoleros asaltó Agencia por $300.000”. “Se arrancó Colo-Colo. Cobreloa perdió 1 x 0”.
- 20 DIC 1983. “Asaltantes estaban en camino para un gran atraco”. “Acuchillaron a carabinero para arrebatarle su arma”.
- 23 DIC 1983. “Garzón presenció último asesinato de psicópata”. “Alarma pública provoca serie de brutales crímenes en Concepción”.
- 24 DIC 1983. “Por cielo y tierra buscan a extremista extranjero herido”. “Terror en vísperas de la noche de paz”. “Vuelan puente y balean a dos carabineros y matan a cuidador”. “Proyecto ley antiterrorista”.
- 25 DIC 1983. “Camioneta de desintegró al chocar bus. 3 conscriptos heridos”. “Pavoroso choque en el norte. 7 muertos”.
- 26 DIC 1983. “Patrulla policial fue atacada en población Santiago”. “Carabinero y delincuente mueren en feroz balacera”.
- 27 DIC 1983. “Todo el mundo desmiente la renuncia de Pinochet”.
- 29 DIC 1983. “Discutió con su esposa y luego bebió mortal trago”. “Madre de 14 hijos se mató con insecticida”. “La mitad de los chilenos quedan a oscuras por bombazo de Concepción a Copiapó”.
- 30 DIC 1083. “Mientras la CNI entregaba a la Justicia a grupos extremistas otra balacera: muere un terrorista y otro herido en Quinta Normal”. “Apagones, bombazos y evacuados. Desolador panorama dejan los atentados a la mitad de Chile”. “Con retrato hablado buscan mujer que huyó con una guagua. En puerta de hospital raptan a recién nacido”.
- DOMINGO 1º JUL 1984. “10 horas de terror en manos de golpistas bolivianos”. “Secuestrado el Presidente Siles”.
- LUNES 2 JUL 1984. “Horrorosa tragedia camino a Melipilla. Chofer arrolló grupo. 2 menores muertos”.
- MARTES 3 JUL 1984. “Un enfrentamiento en Departamental con Macul”. “Acribillados caen dos terroristas”.
- MIERCOLES 4 JUL 1984. “Descubren arsenal y clínica clandestina”. “Golpe al terrorismo. 4 muertos, 7 presos”.
- JUEVES 5 JUL 1984. “Rodado sepultó al complejo Libertadores. Desastre en la nieve”.
- VIERNES 6 JUL 1984. “Más muertos por temporales”.
- SABADO 7 JUL 1984. “Dramáticos testimonios gráficos”. “Así murió la capitana Doris Pizarro, capitana de Ejército”. “Impresionante relato de sobrevivientes del alud en la nieve”.
- DOMINGO 8 JUL 1984. “Hay sepultados bajo 20 metros de nieve”. “Heroico rescate. Nuevos testimonios gráficos”.
- 7 AGO 1986. “En secreto reconstituyen secuestro de niño Cruzat. (Primera página, Págs.23 y última)”.
“General del aire Don Gustavo Leigh se entrevista con el Presidente de la Corte Suprema”.
- 2 ENE 1987. “10 muertos al estrellarse avión con turistas. Tragedia en la Antártica”.
- 3 ENE 1987. “protagonizó horrorosa masacre y después se suicidó. Jubilado mató a toda su familia”.
- 4 ENE 1987. “Humo blanco en lío del fútbol”. “En Santiago víctimas de la tragedia Antártica”. “Orden de arraigo para Mayor González”.
- 5 ENE 1987. “4 muertos en choque de buses”. “Violentas colisiones en Cartagena y Viña. Decenas de pasajeros resultaron heridos”.
- 6 ENE 1987. “¡Cobreloa campeón!”.
- 8 ENE 1987. “Reaparecieron los psicópatas. Antes violaron y mataron a joven deportista”.
- 9 ENE 1987. “Dos muertos en fatal derrumbe”. “Gigantesco muro aplastó a 7 trabajadores del Metro”.
- 10 ENE 1987. “Nuevo terremoto sacude al Colo”.
- 11 ENE 1987. “Lista negra en Colo-Colo”. “Corte: asesinato en caso Randolph”.
- 12 ENE 1987. “Desbaratan red de traficantes. Mujer traía 50 mil dosis de3 drogas al festival”.
- 13 ENE 1987. “Oraron por una solución a la virgen del San Cristóbal. Gigante romería de deudores en UF”.
- 15 ENE 1987. “Condenado a muerte fue absuelto en Egipto. Marino se salvó sólo de milagro”.
- 16 ENE 1987. “Pifias y aplausos para Ted Kennedy”.
- 17 ENE 1987. “Libres Michea y Fontaine, coroneles de carabineros. Caso AGECH”.
- 18 ENE 1987. “Libres el Fanta y el Mayor Gonzáles. Canovas levantó orden de incomunicación después del careo”.
- 19 ENE 1987. “Capturan grupo de guerrilleros”. “Seguridad desbarató escuela con 40 hombres en Temuco”.
- 20 ENE 1987. “Masacran a Jefe de la Mafia nortina”.
- 21 ENE 1987. “Terremoto en Cobreloa. Segundos del plantel Jorge Toro y Mario Soto”.
- 22 ENE 1987. “Vuelco total caso Cánovas”.
- 23 ENE 1987. “Cobresal y la UC a la Copa”.
- 24 ENE 1987. “Patentes suben entre 20 y 30%”.
- 25 ENE 1987. “Doble homicida huyó del hospital”.
- 26 ENE 1987. “Fabrica de armas se convirtió en un infierno en Iquique. 28 muertos. Cardoen asumió acuciosa investigación”.
- 27 ENE 1987. “Dramático relato de testigos de la explosión”. “Fue un hongo grande como el de Hiroshima”.
- 28 ENE 1987. “Gigantesca explosión de oleoducto en carretera a Viña. 21 heridos y 1 ingeniero quemados”.
- 29 ENE 1987. “El Challenge voló en mil pedazos, calcinados murieron 7 tripulantes: 5 hombres y 2 mujeres”.
- 30 ENE 1987. “Nueva víctima de psicópatas”.
- 31 ENE 1987. “Psicópata a punto de caer”.
- 2 ENE 1988. “Chilenos se lucieron en la San Silvestre: Omar Águila 2º entre 8.000 atletas”.
- 3 ENE 1988. “Atrapado despiadado asesino del médico”.
- 4 ENE 1988. “Farra terminó en tragedia: 4 muertos”.
- 5 ENE 1988. “De atrás picó el Colo ganó 2 x 1”.
- 6 ENE 1988. “Extraña desaparición de 4 hermanitos”.
- 7 ENE 1988. “Prófugo hombre clave en caso quemados”.
- 8 ENE 1988. “Enterró a su recién nacido en el patio”.
- 9 ENE 1988. “Por encargo mataron al doctor rancagüino: Alfredo Lavarello Ignaro. Autor confeso Eduardo Cortés Álvarez”.
- 10 ENE 1988. “Quemaron con ácido a un modesto obrero”.
- 11 ENE 1988. “3 detenidos por atentado con ácido”.
- 12 ENE 1988. “Torneo al rojo con Colo puntero”.
- 13 ENE 1988. “3 náufragos mueren congelados en Chiloé”.
- 14 ENE 1988. “Exhumarán restos de milagrosa sor Teresa”.
. 15 ENE 1988. “Para robar cheque mataron al abogado. Identificados y acorralados por la policía los dos fieros asesinos”.
- 13 DIC 1989. “Criminal atentado a automotor en Viña”. “Tren chocó con un trozo de concreto provocando pánico en pasajeros”. (Pág. 51). “Horror en San Fernando. Salvaje asesinato de niñita de 10 años (Pág. 53).
Fotografía: PATRICIO AYLWIN “La misión que tenemos por delante será difícil pues avanzaremos gradualmente por etapas” dijo en parte de su discurso de 45 minutos en el Parque O”Higgins en multitudinaria concentración. “No hay factor secreto ni nada oculto entre nosotros”. “Proceso electoral es en etapas. Proceso electoral entra en su etapa final”.
- 14 DIC 1989. “Chile decide en urnas su destino”. “7.557.537 ciudadanos eligen 38 senadores y 120 diputados”.
- 15 DIC 1989. “¡Aylwin ganó a la primera! Porcentaje en 3er informe: Aylwin 55,2%; Buchi 29,4%; Errázuriz 15,4%. A las 22:15 horas Buchi reconoció el triunfo.
- 21 DIC 1989. “111 muertos en invasión a Panamá”. “El Presidente Bush envió tropas americanas para apresar a Noriega”.
- Después de Marzo de 1990. “Atentados contra el general Gustavo Leigh y coronel Fontaine.
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El 11 de Diciembre de 1993 pude sufragar de acuerdo con la Ley Nº18.556 en la comuna de Las Condes en Santiago. Circunscripción electoral de Apoquindo, registro Nº27, Mesa 158.
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V. LA PRENSA ESCRITA ELEMENTO IDEOLOGICO.
Titulares del Diario La Tercera desde el 2-3 de Julio de 1984 al 15-20 de Marzo de 1990. Algunos titulares antes y después de la formación del FPMR que fue el 14 de Diciembre de 1983.
- 1º DIC 1983.
Aparece pequeña biografía de RICARDO LAGOS ESCOBAR. Abogado de la Universidad de Chile. Alianza democrática. Casado con Luisa Durán, 5 hijos. En 1960 dirigente del Partido Socialista de Chile. Doctorado en Economía, Universidad de Duke (USA). Entre 1963-1972: Director Escuela de Ciencias Políticas y Administrativas; Director del Instituto de Economía y Secretario general de la Universidad de Chile (1971). Entre 1972 y 1974: Secretario General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales FLACSO. Entre 1974 y 1975: Profesor Visitante de las Universidad de Carolina del Norte, Chapell Hill. En 1976 Experto de las Naciones Unidas.
Aparece un artículo sobre GENDARMERIA: “Misión principal, atender, vigilar, rehabilitar a personas privadas de libertad que en la actualidad ascienden a 18.0090 personas en todo el país. 1.200 personas gozan del beneficio de salida al medio libre. 500 están acogidas a la salida dominical. Personas afectas a diversos beneficios, remisión condicional de la pena, libertad condicional y eliminación de los antecedentes. Todos ellos deben firmar en el Patronato nacional de reos. Existen funcionarios uniformados y civiles. En 1982-83 se inauguran 2 nuevos establecimientos penales en Vallenar y Quillota. Un 2º recinto CDP en San Miguel y un Plan piloto sistema integral de tratamiento y dictación ley libertad vigilada. Se celebra el día de solidaridad con la unidad judicial de psiquiatría en la Escuela de Gendarmería del General Bulnes, Central de Apoyo Operativo Cívico.
- 4 DIC 1983. “Asalto a la armería Ricci ubicada en Arturo
Prat 265”.
- 13 DIC 1983. “Cuarteles y bandos eran los objetivos de banda extremista”. “Al descubierto plan de asaltos y atentados”. “En medio de críticas y aplausos entra en vigencia ley minera. Clima de temor en Matías Cousiño”·
- 14 DIC 1983. “Audaz atraco a Caja auxiliar del Banco Chile. Pistoleros dejaron sin sueldos a pensionados”.
- 15 DIC 1983. “Torres voladas en Santiago produjeron efecto en cadena. Apagón desde Copiapó a Temuco. Bombazos dejaron a medio Chile a obscuras”.
- 16 DIC 1983. “Larga noche de terror con el fuerte sismo y explosiones extremistas”. “Un muerto y 2 heridos a bala durante el apagón”.
- 17 DIC 1983. “Valor del dólar. Cáceres: los peores momentos han pasado”. “A todo sol y plena luz se llevan dineros de Polla”.
- 18 DIC 1983. “Trío de pistoleros asaltó Agencia por $300.000”. “Se arrancó Colo-Colo. Cobreloa perdió 1 x 0”.
- 20 DIC 1983. “Asaltantes estaban en camino para un gran atraco”. “Acuchillaron a carabinero para arrebatarle su arma”.
- 23 DIC 1983. “Garzón presenció último asesinato de psicópata”. “Alarma pública provoca serie de brutales crímenes en Concepción”.
- 24 DIC 1983. “Por cielo y tierra buscan a extremista extranjero herido”. “Terror en vísperas de la noche de paz”. “Vuelan puente y balean a dos carabineros y matan a cuidador”. “Proyecto ley antiterrorista”.
- 25 DIC 1983. “Camioneta de desintegró al chocar bus. 3 conscriptos heridos”. “Pavoroso choque en el norte. 7 muertos”.
- 26 DIC 1983. “Patrulla policial fue atacada en población Santiago”. “Carabinero y delincuente mueren en feroz balacera”.
- 27 DIC 1983. “Todo el mundo desmiente la renuncia de Pinochet”.
- 29 DIC 1983. “Discutió con su esposa y luego bebió mortal trago”. “Madre de 14 hijos se mató con insecticida”. “La mitad de los chilenos quedan a oscuras por bombazo de Concepción a Copiapó”.
- 30 DIC 1083. “Mientras la CNI entregaba a la Justicia a grupos extremistas otra balacera: muere un terrorista y otro herido en Quinta Normal”. “Apagones, bombazos y evacuados. Desolador panorama dejan los atentados a la mitad de Chile”. “Con retrato hablado buscan mujer que huyó con una guagua. En puerta de hospital raptan a recién nacido”.
- DOMINGO 1º JUL 1984. “10 horas de terror en manos de golpistas bolivianos”. “Secuestrado el Presidente Siles”.
- LUNES 2 JUL 1984. “Horrorosa tragedia camino a Melipilla. Chofer arrolló grupo. 2 menores muertos”.
- MARTES 3 JUL 1984. “Un enfrentamiento en Departamental con Macul”. “Acribillados caen dos terroristas”.
- MIERCOLES 4 JUL 1984. “Descubren arsenal y clínica clandestina”. “Golpe al terrorismo. 4 muertos, 7 presos”.
- JUEVES 5 JUL 1984. “Rodado sepultó al complejo Libertadores. Desastre en la nieve”.
- VIERNES 6 JUL 1984. “Más muertos por temporales”.
- SABADO 7 JUL 1984. “Dramáticos testimonios gráficos”. “Así murió la capitana Doris Pizarro, capitana de Ejército”. “Impresionante relato de sobrevivientes del alud en la nieve”.
- DOMINGO 8 JUL 1984. “Hay sepultados bajo 20 metros de nieve”. “Heroico rescate. Nuevos testimonios gráficos”.
- 7 AGO 1986. “En secreto reconstituyen secuestro de niño Cruzat. (Primera página, Págs.23 y última)”.
“General del aire Don Gustavo Leigh se entrevista con el Presidente de la Corte Suprema”.
- 2 ENE 1987. “10 muertos al estrellarse avión con turistas. Tragedia en la Antártica”.
- 3 ENE 1987. “protagonizó horrorosa masacre y después se suicidó. Jubilado mató a toda su familia”.
- 4 ENE 1987. “Humo blanco en lío del fútbol”. “En Santiago víctimas de la tragedia Antártica”. “Orden de arraigo para Mayor González”.
- 5 ENE 1987. “4 muertos en choque de buses”. “Violentas colisiones en Cartagena y Viña. Decenas de pasajeros resultaron heridos”.
- 6 ENE 1987. “¡Cobreloa campeón!”.
- 8 ENE 1987. “Reaparecieron los psicópatas. Antes violaron y mataron a joven deportista”.
- 9 ENE 1987. “Dos muertos en fatal derrumbe”. “Gigantesco muro aplastó a 7 trabajadores del Metro”.
- 10 ENE 1987. “Nuevo terremoto sacude al Colo”.
- 11 ENE 1987. “Lista negra en Colo-Colo”. “Corte: asesinato en caso Randolph”.
- 12 ENE 1987. “Desbaratan red de traficantes. Mujer traía 50 mil dosis de3 drogas al festival”.
- 13 ENE 1987. “Oraron por una solución a la virgen del San Cristóbal. Gigante romería de deudores en UF”.
- 15 ENE 1987. “Condenado a muerte fue absuelto en Egipto. Marino se salvó sólo de milagro”.
- 16 ENE 1987. “Pifias y aplausos para Ted Kennedy”.
- 17 ENE 1987. “Libres Michea y Fontaine, coroneles de carabineros. Caso AGECH”.
- 18 ENE 1987. “Libres el Fanta y el Mayor Gonzáles. Canovas levantó orden de incomunicación después del careo”.
- 19 ENE 1987. “Capturan grupo de guerrilleros”. “Seguridad desbarató escuela con 40 hombres en Temuco”.
- 20 ENE 1987. “Masacran a Jefe de la Mafia nortina”.
- 21 ENE 1987. “Terremoto en Cobreloa. Segundos del plantel Jorge Toro y Mario Soto”.
- 22 ENE 1987. “Vuelco total caso Cánovas”.
- 23 ENE 1987. “Cobresal y la UC a la Copa”.
- 24 ENE 1987. “Patentes suben entre 20 y 30%”.
- 25 ENE 1987. “Doble homicida huyó del hospital”.
- 26 ENE 1987. “Fabrica de armas se convirtió en un infierno en Iquique. 28 muertos. Cardoen asumió acuciosa investigación”.
- 27 ENE 1987. “Dramático relato de testigos de la explosión”. “Fue un hongo grande como el de Hiroshima”.
- 28 ENE 1987. “Gigantesca explosión de oleoducto en carretera a Viña. 21 heridos y 1 ingeniero quemados”.
- 29 ENE 1987. “El Challenge voló en mil pedazos, calcinados murieron 7 tripulantes: 5 hombres y 2 mujeres”.
- 30 ENE 1987. “Nueva víctima de psicópatas”.
- 31 ENE 1987. “Psicópata a punto de caer”.
- 2 ENE 1988. “Chilenos se lucieron en la San Silvestre: Omar Águila 2º entre 8.000 atletas”.
- 3 ENE 1988. “Atrapado despiadado asesino del médico”.
- 4 ENE 1988. “Farra terminó en tragedia: 4 muertos”.
- 5 ENE 1988. “De atrás picó el Colo ganó 2 x 1”.
- 6 ENE 1988. “Extraña desaparición de 4 hermanitos”.
- 7 ENE 1988. “Prófugo hombre clave en caso quemados”.
- 8 ENE 1988. “Enterró a su recién nacido en el patio”.
- 9 ENE 1988. “Por encargo mataron al doctor rancagüino: Alfredo Lavarello Ignaro. Autor confeso Eduardo Cortés Álvarez”.
- 10 ENE 1988. “Quemaron con ácido a un modesto obrero”.
- 11 ENE 1988. “3 detenidos por atentado con ácido”.
- 12 ENE 1988. “Torneo al rojo con Colo puntero”.
- 13 ENE 1988. “3 náufragos mueren congelados en Chiloé”.
- 14 ENE 1988. “Exhumarán restos de milagrosa sor Teresa”.
. 15 ENE 1988. “Para robar cheque mataron al abogado. Identificados y acorralados por la policía los dos fieros asesinos”.
- 13 DIC 1989. “Criminal atentado a automotor en Viña”. “Tren chocó con un trozo de concreto provocando pánico en pasajeros”. (Pág. 51). “Horror en San Fernando. Salvaje asesinato de niñita de 10 años (Pág. 53).
Fotografía: PATRICIO AYLWIN “La misión que tenemos por delante será difícil pues avanzaremos gradualmente por etapas” dijo en parte de su discurso de 45 minutos en el Parque O”Higgins en multitudinaria concentración. “No hay factor secreto ni nada oculto entre nosotros”. “Proceso electoral es en etapas. Proceso electoral entra en su etapa final”.
- 14 DIC 1989. “Chile decide en urnas su destino”. “7.557.537 ciudadanos eligen 38 senadores y 120 diputados”.
- 15 DIC 1989. “¡Aylwin ganó a la primera! Porcentaje en 3er informe: Aylwin 55,2%; Buchi 29,4%; Errázuriz 15,4%. A las 22:15 horas Buchi reconoció el triunfo.
- 21 DIC 1989. “111 muertos en invasión a Panamá”. “El Presidente Bush envió tropas americanas para apresar a Noriega”.
- Después de Marzo de 1990. “Atentados contra el general Gustavo Leigh y coronel Fontaine.
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El 11 de Diciembre de 1993 pude sufragar de acuerdo con la Ley Nº18.556 en la comuna de Las Condes en Santiago. Circunscripción electoral de Apoquindo, registro Nº27, Mesa 158.
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¿REINSERCION, REHABILITACION O INTEGRACION SOCIAL?
V. ¿REINSERCION, REHABILITACIÓN, O INTEGRACIÓN SOCIAL?
a) Ministerio de Justicia – Oficina de Defensa Social.
b) Por iniciativa del Presidente Patricio Aylwin Azócar, se promulgó con fecha 14 de Agosto de 1990 la Ley Nº18.994 que creó la Oficina Nacional de Retorno (ONR). Firmaron además: Francisco Cumplido Cereceda, ministro de Justicia; Alejandro Foxley Rioseco, ministro de Hacienda. “La ONR – entre otras cosas – procurará el acceso de los beneficiarios a soluciones habitacionales, previsionales y de salud, con el fin de facilitar la reinserción psicosocial de los exiliados que hubieren regresado al país. Podrá generar condiciones jurídicas que hagan posible la plena reinserción de los beneficiarios a la comunidad nacional…”. (Gracias a la Ley Nº 18.994, los beneficiarios de ella pudieron participar desde la Oficina Nacional de Retorno hacia la Organización Internacional de Migraciones en el Programa PRAL/WUS). (Se cumple así la I y II Fase del Programa de reinserción social de ex presos políticos).
c) Mi nulidad de matrimonio y liquidación de sociedad conyugal inscrita en conservador de bienes raíces de Santiago. Fue aprobada el 11 de Enero de 1993 por sentencia del 12 Juzgado de Santiago con consulta a la Corte de Apelaciones. Fecha de la correspondiente subinscripción el 26 de Enero de 1993. Firmaron: María Antonieta Alsina Peña, oficial civil Adjunto y Olga Monsalves Carrasco, oficial civil. La separación total de bienes por escritura pública es de fecha 30 de Enero de 1992 otorgada ante notario don Patricio Raby Benavente. Fecha de la subinscripción 6 de Febrero de 1992 y fecha de la rectificación judicial por sentencia ejecutoriada del 8º Juzgado civil de Santiago fue el 31 de Agosto de 1992. La inscripción en el conservadxor de bienes raíces tiene fecha 30 de Marzo de 1993.
d) CINTRAS. Psiquiatría y Derechos Humanos. “Presos políticos: aspectos psicológicos, sociales y políticos”. Jorge Seguel, psiquiatra. EXTRACTO: “En plena transición a la democracia, la libertad de los presos políticos se mantiene confusa, situación que contribuye a perpetuar la incertidumbre en la población penal respecto de su futuro. Algunos sectores han validado dos categorías de presos políticos: 1) los presos de conciencia y 2) los presos de violencia o por hechos de sangre. De esta diferenciación se deducen dos tipos de conductas delictivas que se asocian a categorías éticas y jurídicas distintas, con el objeto de deslegitimar el uso de la violencia contra la tiranía. La actitud reflejada en la situación descrita plantea toda una discusión en torno al problema de la violencia, su enjuiciamiento y el contexto histórico-social. Podemos afirmar que la tortura precede a la cárcel. La mayoría de los presos políticos han ingresado a ella en la década de los ochenta, después se ha producido un perfeccionamiento de las técnicas de la tortura. El país asiste a una reagudización de la lucha por la libertad de todos los presos políticos sin excepción. Este objetivo aparece naturalmente ligado a la aspiración de verdad y justicia por las violaciones de los derechos humanos. Nos preocupa mucho que fuera de Chile se proyecte la imagen que en el país no hay presos políticos. Todos estos hechos reflejan una realidad objetiva; aun falta mucho para lograr la plena democracia política, social y económica en el país”. Bibliografía: III Congreso de psicólogos. Mesa redonda. “La realidad psicosocial del preso político”. CESAM. Noviembre 1989. Santiago de Chile. Revista Reflexión Nºs 104, Julio 1989; 107 de Marzo 1990 y 110 de Diciembre 1990.
e) Diagnóstico psiquiátrico y Jubilación. Beneficio provisional obtenido por resolución Nº03/0171167-0 de fecha 15 de Febrero de 1993. COMPIN Valparaíso/INP.
f) Organización Comando de Exonerados de Chile. Organización social autónoma que representa 60.012 afiliados, creada en 1989 en la Comisión Chilena de los Derechos Humanos, para asumir la representación y defensa de todos los trabajadores exonerados por razones políticas. “Después de dos años de negociaciones y acuerdos se aprobó proyecto de ley que otorga beneficios previsionales a más de 50.000 chilenos que durante el régimen militar fueron despedidos de sus trabajos por razones políticas. El Presidente del Comando pidió que se extiendan los beneficios de la ley a los exonerados políticos de las FFAA”. “Esta misma actitud ha sido planteada por la Organización de las Fuerzas armadas democráticas al Presidente de la República, y por lo tanto, nosotros creemos que con un alto espíritu de justicia y por lo expresado también por el Jefe del Estado esta ley podría hacerse extensiva a las FFAA”. (Información del día 220893 del diario La Tercera). Ley Nº19.234 promulgada el 5 de Agosto de 1993. Se solicita considerar en las reliquidaciones de las pensiones no contributivas o de invalidez, de los exonerados políticos, ingresos que les permitan vivir de acuerdo con los cargos y grados que tenían a la fecha de la exoneración.
g) Beneficio previsional por razones de salud corresponde a la suma de $31.950 pesos de los cuales se descuenta el 7% para FONASA o sea, $2.237 pesos, lo que da un total líquido a pagar de $29.713 mensuales. Se descuenta además para la organización de Jubilados Empart/INP la suma de $200 pesos mensuales.
h) La Ley 19.142 del 29 de Mayo de 1992 establece un reajuste del ingreso mínimo mensual. Los montos del IMM a contar de la fecha indicada son:
- Trabajadores de régimen general (18 años y más) $38.600 pesos.
- Trabajadores menores de 18 años $33.219 pesos.
- Trabajadores de casa particular: remuneración en dinero $19.488 pesos; Regalía alimentación $7,035 pesos; regalía habitacional $3.791 pesos.
- Trabajadores independientes y voluntarios $28.707 pesos a partir de Junio de 1992 las cotizaciones deberán efectuarse considerando los nuevos montos del IMM antes señalado.
a) Ministerio de Justicia – Oficina de Defensa Social.
b) Por iniciativa del Presidente Patricio Aylwin Azócar, se promulgó con fecha 14 de Agosto de 1990 la Ley Nº18.994 que creó la Oficina Nacional de Retorno (ONR). Firmaron además: Francisco Cumplido Cereceda, ministro de Justicia; Alejandro Foxley Rioseco, ministro de Hacienda. “La ONR – entre otras cosas – procurará el acceso de los beneficiarios a soluciones habitacionales, previsionales y de salud, con el fin de facilitar la reinserción psicosocial de los exiliados que hubieren regresado al país. Podrá generar condiciones jurídicas que hagan posible la plena reinserción de los beneficiarios a la comunidad nacional…”. (Gracias a la Ley Nº 18.994, los beneficiarios de ella pudieron participar desde la Oficina Nacional de Retorno hacia la Organización Internacional de Migraciones en el Programa PRAL/WUS). (Se cumple así la I y II Fase del Programa de reinserción social de ex presos políticos).
c) Mi nulidad de matrimonio y liquidación de sociedad conyugal inscrita en conservador de bienes raíces de Santiago. Fue aprobada el 11 de Enero de 1993 por sentencia del 12 Juzgado de Santiago con consulta a la Corte de Apelaciones. Fecha de la correspondiente subinscripción el 26 de Enero de 1993. Firmaron: María Antonieta Alsina Peña, oficial civil Adjunto y Olga Monsalves Carrasco, oficial civil. La separación total de bienes por escritura pública es de fecha 30 de Enero de 1992 otorgada ante notario don Patricio Raby Benavente. Fecha de la subinscripción 6 de Febrero de 1992 y fecha de la rectificación judicial por sentencia ejecutoriada del 8º Juzgado civil de Santiago fue el 31 de Agosto de 1992. La inscripción en el conservadxor de bienes raíces tiene fecha 30 de Marzo de 1993.
d) CINTRAS. Psiquiatría y Derechos Humanos. “Presos políticos: aspectos psicológicos, sociales y políticos”. Jorge Seguel, psiquiatra. EXTRACTO: “En plena transición a la democracia, la libertad de los presos políticos se mantiene confusa, situación que contribuye a perpetuar la incertidumbre en la población penal respecto de su futuro. Algunos sectores han validado dos categorías de presos políticos: 1) los presos de conciencia y 2) los presos de violencia o por hechos de sangre. De esta diferenciación se deducen dos tipos de conductas delictivas que se asocian a categorías éticas y jurídicas distintas, con el objeto de deslegitimar el uso de la violencia contra la tiranía. La actitud reflejada en la situación descrita plantea toda una discusión en torno al problema de la violencia, su enjuiciamiento y el contexto histórico-social. Podemos afirmar que la tortura precede a la cárcel. La mayoría de los presos políticos han ingresado a ella en la década de los ochenta, después se ha producido un perfeccionamiento de las técnicas de la tortura. El país asiste a una reagudización de la lucha por la libertad de todos los presos políticos sin excepción. Este objetivo aparece naturalmente ligado a la aspiración de verdad y justicia por las violaciones de los derechos humanos. Nos preocupa mucho que fuera de Chile se proyecte la imagen que en el país no hay presos políticos. Todos estos hechos reflejan una realidad objetiva; aun falta mucho para lograr la plena democracia política, social y económica en el país”. Bibliografía: III Congreso de psicólogos. Mesa redonda. “La realidad psicosocial del preso político”. CESAM. Noviembre 1989. Santiago de Chile. Revista Reflexión Nºs 104, Julio 1989; 107 de Marzo 1990 y 110 de Diciembre 1990.
e) Diagnóstico psiquiátrico y Jubilación. Beneficio provisional obtenido por resolución Nº03/0171167-0 de fecha 15 de Febrero de 1993. COMPIN Valparaíso/INP.
f) Organización Comando de Exonerados de Chile. Organización social autónoma que representa 60.012 afiliados, creada en 1989 en la Comisión Chilena de los Derechos Humanos, para asumir la representación y defensa de todos los trabajadores exonerados por razones políticas. “Después de dos años de negociaciones y acuerdos se aprobó proyecto de ley que otorga beneficios previsionales a más de 50.000 chilenos que durante el régimen militar fueron despedidos de sus trabajos por razones políticas. El Presidente del Comando pidió que se extiendan los beneficios de la ley a los exonerados políticos de las FFAA”. “Esta misma actitud ha sido planteada por la Organización de las Fuerzas armadas democráticas al Presidente de la República, y por lo tanto, nosotros creemos que con un alto espíritu de justicia y por lo expresado también por el Jefe del Estado esta ley podría hacerse extensiva a las FFAA”. (Información del día 220893 del diario La Tercera). Ley Nº19.234 promulgada el 5 de Agosto de 1993. Se solicita considerar en las reliquidaciones de las pensiones no contributivas o de invalidez, de los exonerados políticos, ingresos que les permitan vivir de acuerdo con los cargos y grados que tenían a la fecha de la exoneración.
g) Beneficio previsional por razones de salud corresponde a la suma de $31.950 pesos de los cuales se descuenta el 7% para FONASA o sea, $2.237 pesos, lo que da un total líquido a pagar de $29.713 mensuales. Se descuenta además para la organización de Jubilados Empart/INP la suma de $200 pesos mensuales.
h) La Ley 19.142 del 29 de Mayo de 1992 establece un reajuste del ingreso mínimo mensual. Los montos del IMM a contar de la fecha indicada son:
- Trabajadores de régimen general (18 años y más) $38.600 pesos.
- Trabajadores menores de 18 años $33.219 pesos.
- Trabajadores de casa particular: remuneración en dinero $19.488 pesos; Regalía alimentación $7,035 pesos; regalía habitacional $3.791 pesos.
- Trabajadores independientes y voluntarios $28.707 pesos a partir de Junio de 1992 las cotizaciones deberán efectuarse considerando los nuevos montos del IMM antes señalado.
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