jueves, 10 de abril de 2008

(Continuación)

Jueves 100408 - 16:01hrs.

¿Qué significa igualdad ante la ley?

Igual protección en el ejercicio de derechos, de libertad personal y seguridad individual.

1. Los hombres nacen libres e iguales en dignidad y derechos.

2. En Chile no hay persona ni grupo privilegiado. No hay esclavos, y el que pise su territorio queda libre. Ni ley ni autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias.

3. La Constitución asegura a todas las personas igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos.

4. Toda persona tiene derecho a defensa jurídica, y nadie puede impedir la intervención de un letrado si esta es requerida.

5. Nadie puede ser juzgado por comisiones especiales sino por tribunales que señala la ley.

6. Toda sentencia debe basarse en un proceso previo legalmente tramitado.

7. Todo individuo tiene derecho a procedimientos racionales y justos. Corresponderá al legislador establecer las garantías de un justo y racional procedimiento.

8. La ley no puede presumir de derecho responsabilidad penal sino en función de ley orgánica.

9. Ninguna ley podrá establecer penas sin que la conducta que se sanciona esté expresamente descrita en ella con anterioridad a la perpetración del delito.

10. Todo individuo tiene derecho a respeto y protección de la vida privada y pública, honra de la persona y su familia.

11. Todo individuo tiene derecho a inviolabilidad del hogar y toda forma de comunicación privada.

12. Todo individuo tiene derecho a libertad de conciencia.

13. Todo individuo tiene derecho a libertad personal y seguridad individual.

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