lunes, 7 de abril de 2008

TITULO XX (Continuación)

Lunes 070408 - 10:18hrs

DERECHOS HUMANOS.

Precepto 2: Todo individuo tiene derecho a la protección de la salud. A su bienestar material y espiritual.

Precepto 3: Todo individuo tiene derecho a la educación básica y media obligatoria y gratuita.

Precepto 4: Todo individuo tiene derecho a educación en todos los niveles con el fin de lograr pleno desarrollo del individuo en las distintas etapas de su vida.

Precepto 5: Todo individuo tiene derecho a la libertad de trabajo y su protección. Un lugar de trabajo y salario justo.

Precepto 6: Todo individuo tiene derecho a la capacitación laboral y perfeccionamiento profesional.

Precepto 7: Todo individuo tiene el derecho a la libertad de emitir opinión y a la de informar sin censura previa. Tiene derecho a reunión y asociación sin permiso previo.

Precepto 8: Todo individuo tiene derecho a libertad de conciencia, a la manifestación de todas las creencias y el ejercicio libre de todos los cultos que no se opongan a la moral, buenas costumbres o al orden público.

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